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Angelneu 29/02/24 19:28
Ha respondido al tema IVA alquiler piso subsidio 52 - Aplicación interés presunto en Cartera de Valores
En mi modesta opinión,  no veo ningún impedimento que le impida solicitarlo nuevamente.Sería otro acto administrativo distinto al que está en suspenso.Se encuentra ante una posible revocación -que no una extinción-  motivada por no cumplir  (según el SEPE) la carencia de rentas  en el momento de la solicitud (subsidio indebidamente reconocido),  requisito que SI puede cumplir con posterioridad a dicha fecha. Como bien le dice franjgr mas arriba, los derechos al subsidio se pierden por incumplir el requisito de rentas durante 12 meses,   y aunque los cumpla también se extinguen por no solicitar el subsidio en dicho plazo;  ¿y si finalmente no le dan razón en ninguna de las instancias ?  Pueden pasar incluso años para este desenlace,  y mientras sin subsidio. Lo veo así. Saludos. 
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Angelneu 28/02/24 11:55
Ha respondido al tema IVA alquiler piso subsidio 52 - Aplicación interés presunto en Cartera de Valores
En la fase de alegaciones que le conceden,   tendrás que tratar de desmontar las cuentas que le hace el SEPE y hacer válidas las suyas,   junto con la documentación que avalen sus argumentaciones.En mi modesta opinión :1) A cualquier inversión en fondos, acciones o similares deben aplicarle el rendimiento de presunto a su porcentaje de propiedad ( en su caso una veinteava parte),  no al valor total del fondo (aporte certificados de titularidad)2) El IVA no es una renta suya,  sino cantidades a ingresar para la Agencia Tributaria. Solo hace de intermediario;  esto deben de descontarlo (aporte facturas ) 3) Las cantidades en cuentas corrientes tienen interés efectivo, por lo que son bienes computados,  aunque sea cero o negativo (aporte copia del contrato de la cuenta y extractos mensuales donde se refleje el interés real)
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Angelneu 26/02/24 15:26
Ha respondido al tema Subsidio mayores 52 años
que comenta de comunicarlo teniendo en cuenta que era un requisito para acceder al subsidio de por si no es motivo de suspensión definitiva ?Si en su momento solicitaste el subsidio sin cumplir con uno de los requisitos, pienso que podría ser motivo de revocación,  y que te podrían hacer devolver todo lo cobrado desde el principio.También te podrían hacer devolver el primer mes (que no tenías derecho a él) y continuar con el resto. No sabría decirte qué camino tomaría el SEPE. 
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Angelneu 26/02/24 15:18
Ha respondido al tema Subsidio mayores 52 años
Por esta cantidad no solo puedes tener problemas con el SEPE,  sino con la Agencia Tributaria por no declararla.Tu banco está obligado por ley de prevención del blanqueo de capitales a comunicar a la AEAT tu transferencia.Y si se entera Hacienda se entera el SEPE.Si Hacienda pasa inadvertida nada que temer con el SEPE. Esperar a ver que ocurre... o comunicar...Un dilema complicado. 
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Angelneu 26/02/24 15:00
Ha respondido al tema Subsidio mayores 52 años
¿de qué cantidad hablamos?¿has declarado ese dinero en la agencia tributaria competente o no?Te lo pregunto porque el SEPE por sí solo no va a saber que has recibido un dinero por transferencia,  pero si llega esa información a la agencia tributaria y te abren algún expediente,   es cuestión de tiempo que el SEPE se entere y te busquen las cosquillas.Los bancos tienen obligación de comunicar a la AEAT cualquier ingreso en cuenta a partir de una determinada cantidad.
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