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franjgr 25/04/24 06:31
Ha respondido al tema Subsidio de 52 años
Si no se presenta a la cita de Inspección, lógicamente, deberían de darle de alta. No van a imponerle una sanción ni nada por el estilo.¿Cómo se entera de que está de alta? Deberían enviarle una resolución y además suelen enviar un SMS también.
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franjgr 25/04/24 05:28
Ha respondido al tema Subsidio de 52 años
Aquí lo más importante y que hay que hacer ayer si es posible, es volver a hacer la demanda de empleo. Ese trámite se hace en el servicio de empleo de la comunidad autónoma, no en el SEPE y seguramente no le exigirán cita previa. También lo puede hacer por internet.Luego, ya tranquilamente, acude a la cita con el SEPE y, como bien dice Wediehard, reanuda la Prestación desde el día que volvió a inscribirse como demandante de empleo (por eso este es el tramite que corre prisa).Posteriormente podría llegarle una sanción de un mes de la comunidad autónoma, eso ya no es seguro.
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franjgr 24/04/24 18:23
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Sólo los rendimientos de la explotación de un bien son bienes gananciales.Por lo tanto los rendimientos presuntos no son gananciales sino de la persona propietaria del capital o inmueble y los rendimientos que vengan de la enajenación de un bien (venta), como los de la venta de fondos de inversión o de un inmueble, no son gananciales sino del propietario.Son bienes gananciales los rendimientos de cuentas, de depósitos, alquileres, dividendos...
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franjgr 24/04/24 13:29
Ha respondido al tema Dudas subsidio
1.- Es obligatorio comunicar todo aquello que afecte al mantenimiento del subsidio, por supuesto la colocación también, aunque sólo podrían sancionarla si fruto de esa no comunicación se genera un cobro indebido.Pero ojo, que no sólo es importante comunicarlo a efectos del SEPE, si inspección de trabajo le pilla trabajando y cobrando el subsidio al mismo tiempo, se expone a una sanción mucho mayor.2.- Cuando termine el trabajo solicita la reanudación del subsidio exactamente igual a como solicito el alta inicial, presencialmente en las oficinas del SEPE o por internet por pre-solicitud o solicitud electrónica.3.- No existen contratos que permitan la reanudación y otros que no. Lo que importa es la forma de finalización de ese contrato sea una de las definidas como situación legal de desempleo.
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franjgr 24/04/24 13:03
Ha respondido al tema Subsidio de 52 años
Recuerde que para pedir el subsidio tiene que tener el alta médica.El plazo para pedir el subsidio será de 15 días hábiles desde el día siguiente al alta médica y cobrará desde ese día si lo solicita en ese plazo.Y como dice Angelneu, de momento olvide una reforma que no se ha aprobado. Cuando haya otra reforma y que sí se apruebe se comentará por aquí.
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franjgr 24/04/24 03:47
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Eso mismo dirán ellos.La Ley la hicieron unos políticos, las instrucciones unos funcionarios que no tienen porque saber de estos temas y el currito de a pie que tiene que trabajar con estos mimbres y que también, puede saber o puede no saber de estos temas dira: "yo lo tengo claro, pero con las interpretaciones que hace esta gente..."Para mí está claro, si hay un rendimiento explícito no hay rendimiento presunto  El problema es si en una ocasión no reparten dividendos. ¿Cómo sabe el subsidiado, o el funcionario, que periodo no tuvo rendimiento explícito y por tanto tiene rendimiento presunto y a partir de cuando vuelve a haber rendimiento explícito y deja de aplicarse el presunto? Y más cuando estos dividendos se pagan meses más tarde.Es complicado para todos, por eso los jueces tienen tanto trabajo, y para ellos también es complicado y están sometidos al mismo problema del conocimiento de productos financieros
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franjgr 24/04/24 03:32
Ha respondido al tema Subsidio de 52 años
La aprobación puede ser instantánea, aunque tienen un plazo de 15 días hábiles para resolver.En todo caso el silencio administrativo es negativo si no recibe respuesta en 3 meses
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franjgr 24/04/24 03:32
Ha respondido al tema Subsidio de 52 años
La aprobación puede ser instantánea, aunque tienen un plazo de 15 días hábiles para resolver.En todo caso el silencio administrativo es negativo si no recibe respuesta en 3 meses
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franjgr 23/04/24 18:23
Ha respondido al tema Información sobre subsidio de ayuda de 480 € - SEPE
Para empezar hay que saber que tipo de subsidio está cobrando.Si es el de mayores de 52 años o el de mayores de 45 que agotan el paro sin cargas no le afecta en nada. Si es cualquier otro subsidio el importe del beneficio de la venta (diferencia entre precio de venta - precio de compra) será una renta de la familia.Si el importe de todas las rentas del mes, dividido entre el número de personas que forman parte de la unidad familiar supera 850,50 euros entonces se suspende el subsidio y podrá reanudarse cuando vuelva a cumplir el requisito (suspensión mínima un mes)También puede pasar que su conyuge sea su única carga familiar y esté cobrando por tener esa carga familiar, en ese caso basta con que su conyuge tenga ingresos superiores a 850,50 euros para que haya suspensión, aunque la familia no los supere.
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