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franjgr 21/03/24 13:28
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Las donaciones no afectan al subsidio porque no son una renta propia.El SEPE sólo tendría algo que decir si esa donación es la que le hace cumplir los requisitos para el subsidio, si ya está cobrando el subsidio no puede objetar nada.
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franjgr 21/03/24 07:32
Ha respondido al tema Subsidio con cargas familiares
El actual criterio del SEPE para parejas, convivientes, con hijos comunes en las que no hay vinculo matrimonial es que la pareja no entra en la unidad familiar y sus rentas tampoco.Por lo tanto tendría derecho al subsidio por cargas familiares gane lo que gane su pareja.No sé si es que se equivocaron al rellenar el impreso, si le faltaba documentación o cual puede ser la causa, en cualquier caso reclame, 30 días hábiles de plazo desde la comunicación de la resoluciónDe todas maneras puede solicitar el subsidio con cargas en cualquier momento entre esta concesión y el agotamiento de los 6 meses que le han concedido así que hay tiempo para arreglarlo.
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franjgr 21/03/24 07:14
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Ese RDL no fue convalidado por el congreso de los diputados, con el voto en contra tanto de partidos de derechas como de izquierdas.El gobierno está trabajando en una nueva redacción que pueda conseguir aprobar en el congreso.
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franjgr 21/03/24 07:12
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Se lo dijo euroramon y se lo voy a repetir yo.En mi mensaje no he hablado de sus rentas sino del 75% del SMI por tanto el "excluida la parte proporcional de dos pagas extra" se refiere al SMI no a sus rentas.de la misma forma, el artículo 275.2 de la Ley General de la seguridad social dice: Se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas exigido en el artículo anterior cuando el solicitante o beneficiario carezca de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias Ese "excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias" no está detrás de "rentas de cualquier naturaleza", sino detrás del "salario mínimo interprofesional"El SMI tiene pagas extras, por supuesto que sí, está establecido en 1134 euros al mes, más dos pagas extra del mismo importe, en 2024. Lo que dice este artículo es que el 75% se calcula sobre 1134 y no sobre 1323 que sería el importe del SMI incluyendo las dos pagas extrordinarias.
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franjgr 20/03/24 18:54
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Podemos compartir opinión sobre los políticos, pero no sé a que viene la crítica a los funcionarios que tienen que seguir lo que pone en la Ley. Además le informo que un funcionario que tenga labores de interpretar leyes, como es el caso, debe ser, al menos, diplomado y aquellos que se ocupan de resolver la reclamación previa, que sin duda se haría, tener la carrera de derecho. Los que sólo tienen el bachillerato no interpretan leyes, recogen documentación y obedecen las ordenes de sus superiores que son, al menos, diplomados.Y lo que los políticos escribieron en la Ley no ofrece, en este punto, interpretaciones o siquiera  una escala de amortiguación, por debajo del 75% del SMI (sin incluir pagas extra) se tiene derecho, si se llega al 75% no se tiene derecho.Si un funcionario hace la vista gorda está cometiendo un delito llamado prevaricación.
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franjgr 20/03/24 18:39
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial
Y si tiene alguna laguna de inscripción superior a 90 días, entonces no necesita trabajar 90 días ahora, necesita el tiempo necesario para juntar 90 días (sumando lo que tenga previamente) o si ya tiene 90 días, trabajar un tiempo, como si es una hora, y tener situación legal de desempleo.
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franjgr 19/03/24 13:13
Ha respondido al tema Ayuda para mayores de 52 años y el IMV - Subsidio
NO.Artículo 275.2 de la LGSS  2. Se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas exigido en el artículo anterior cuando el solicitante o beneficiario carezca de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias Artículo 7.1.c) 1º del RD 625/1985 c) Para establecer la cuantía mensual de las rentas:1.º Si las rentas se perciben con periodicidad mensual, se computarán las que corresponden al mes completo anterior al del hecho causante del subsidio, siempre que se mantengan en el mes correspondiente al hecho causante, o al de su solicitud, o durante la percepción de aquél. No hay que confundir como computa las rentas el IMV a como las computa el subsidio, de lo contrario puede haber desagradables sorpresas.
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franjgr 19/03/24 08:41
Ha respondido al tema Subsidio mayores 52 años
Es una subvención y veo muy difícil justificar que una subvencion es un pago periódico. La dan cuando corresponde a su normativa y si la hay.Para mí es un pago único, dividir entre 12 e imputar solo al mes en que se cobra
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