Esta guía funciona como hub fiscal cripto: te explica quién está obligado a declarar, qué impuestos alcanzan a los criptoactivos (Ganancias y Bienes Personales), cómo funciona el régimen de información y cuándo vencen las presentaciones en 2026.
Puntos clave
- Vender cripto con ganancia paga Impuesto a las Ganancias (renta de 2ª categoría): 5% o 15%.
- La tenencia al 31 de diciembre tributa Bienes Personales si superás el mínimo no imponible.
- Los exchanges y billeteras informan tus saldos y movimientos a ARCA (RG 5804/2025).
- Período fiscal 2025: el vencimiento para personas humanas se prorrogó al 27 de julio de 2026.
¿Quién tiene que declarar criptomonedas en Argentina?
Tenés que declarar tus criptomonedas si sos residente fiscal argentino y se da alguna de estas dos situaciones: vendiste cripto y obtuviste una ganancia durante el año, o al 31 de diciembre tu patrimonio (incluidas las cripto) supera el mínimo no imponible de Bienes Personales.
La obligación es tuya como contribuyente, no de la plataforma. Que un exchange informe tus saldos a ARCA no reemplaza tu declaración: son dos cosas distintas. Si querés entender primero los conceptos básicos, tenés nuestra guía completa de criptomonedas.
Los monotributistas no quedan exentos: la venta de cripto se declara por el régimen general de Ganancias, nunca dentro del monotributo.
¿Qué impuestos pagan las criptomonedas?
Dos impuestos nacionales alcanzan a las cripto de una persona humana: Ganancias, que grava el resultado de vender, y Bienes Personales, que grava la tenencia a fin de año. A esto se suma el régimen de información, que no es un impuesto sino una obligación de reporte que cumplen las plataformas.
Impuesto |
Qué grava |
Cuándo aplica |
|---|---|---|
Impuesto a las Ganancias |
El resultado de vender o cambiar cripto |
Al vender con ganancia |
Bienes Personales |
La tenencia de cripto al 31 de diciembre |
Si superás el mínimo no imponible |
Régimen de información |
No es impuesto: obliga a las plataformas a reportar |
Mensual, lo cumple el exchange |
Impuesto a las Ganancias sobre cripto
La ganancia por vender criptoactivos es renta de segunda categoría y tributa por el impuesto cedular. La base imponible es el importe obtenido en la venta menos el costo de adquisición y los gastos relacionados con la operación.
Origen de la renta |
Moneda o cláusula |
Alícuota |
|---|---|---|
Fuente argentina |
Pesos sin cláusula de ajuste |
5% (Art. 98 inc. a) |
Fuente argentina |
Moneda extranjera o con ajuste |
15% (Art. 98 inc. b) |
Fuente extranjera |
Todas |
15% (con deducción Art. 100) |
Las personas humanas pueden computar la deducción especial del Art. 100 y compensar quebrantos de ejercicios anteriores. Las empresas, en cambio, están obligadas a aplicar el método FIFO (primero entrado, primero salido) para determinar qué unidades vendieron.
Bienes Personales: la tenencia también cuenta
Los criptoactivos están alcanzados por Bienes Personales. El Dictamen 2/2022 los encuadró en el inciso j) del Art. 19 de la Ley 23.966, y se valúan al 31 de diciembre por su costo de adquisición más intereses, actualizaciones y diferencias de cambio devengadas hasta esa fecha.
El mínimo no imponible, las alícuotas progresivas y el régimen REIBP cambian cada año con la inflación, así que hay que verificar los valores vigentes antes de declarar. Si tu patrimonio total al cierre del año no supera ese mínimo, no pagás el impuesto, aunque igual conviene tener registrado el valor de tus tenencias.
El régimen de información: ARCA ya ve tus cripto
Desde la RG 4614/2019, actualizada por la RG (ARCA) 5804/2025, los exchanges y billeteras registrados como Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) informan a ARCA los datos de sus clientes.
El reporte alcanza a quienes superan umbrales mensuales de ingresos, egresos o saldo: 50 millones de pesos para personas humanas y 30 millones para personas jurídicas. Desde abril de 2026, el reporte pasó a organizarse por sujeto e incluye titular, CVU o CBU, entidad emisora y todos los saldos visibles.
Podés comprobar qué plataformas están habilitadas en el padrón oficial de la CNV, y ver un panorama del mercado local en nuestra guía de billeteras cripto más usadas en Argentina. El contexto normativo cambió mucho en el último año: lo repasamos en el artículo sobre cómo volvieron las billeteras virtuales y la cripto a la Argentina.
¿Cuándo se declara? Calendario 2026
Las personas humanas declaran Ganancias y Bienes Personales del período anterior a mitad de año. Para el período fiscal 2025, ARCA prorrogó el vencimiento de la presentación y el pago hasta el 27 de julio de 2026, tanto para el régimen general como para el simplificado.
Las declaraciones informativas asociadas pueden presentarse hasta el 31 de julio de 2026. Cada año ARCA publica el cronograma exacto según la terminación de tu CUIT, así que conviene confirmar la fecha puntual en el sitio oficial antes de presentar.
Cómo declarar tus criptomonedas paso a paso
El proceso es más simple si tenés ordenado tu historial de operaciones. Estos son los pasos básicos:
- Reuní tu historial: descargá de cada exchange o billetera el detalle de compras, ventas y saldos del año.
- Calculá el resultado por venta: restá el costo de adquisición al importe de venta (las empresas, con FIFO).
- Valuá tu tenencia al 31/12: para Bienes Personales, tomá el valor de tus cripto al cierre del año.
- Cargá los datos en ARCA: completá las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales en el servicio correspondiente.
- Presentá y pagá antes del vencimiento: guardá los comprobantes de respaldo de cada operación.
Si movés montos relevantes o tu caso tiene aristas (staking, swaps, ingresos del exterior), lo más prudente es apoyarte en un contador especializado en activos digitales.
Casos sin dictamen específico de ARCA
Hay operaciones para las que todavía no existe una doctrina consolidada de ARCA. La interpretación profesional mayoritaria sirve de guía, pero conviene tratarlas con cautela y asesoramiento:
- Swaps cripto-cripto: la lectura habitual es que generan hecho imponible, sin norma específica.
- Stablecoins: se tratan como cripto, no como moneda extranjera.
- Staking, airdrops y forks: categoría de renta y momento de devengamiento sin definición cerrada.
- Minería: renta de tercera categoría si hay habitualidad; de segunda si es esporádica.
- NFT: tratamiento como bien intangible o cripto todavía indefinido.
Declarar tus cripto en regla: por dónde empezar
Declarar criptomonedas en Argentina se resume en dos frentes: pagar Ganancias cuando vendés con resultado positivo y sumar la tenencia a Bienes Personales si superás el mínimo. Con las plataformas informando a ARCA, la transparencia dejó de ser opcional y regularizar a tiempo evita ajustes y multas.
Si todavía estás dando tus primeros pasos, mirá cómo armar tu primera wallet con poca plata y dónde comprar criptomonedas en Argentina de forma segura. Cuanto antes ordenes tu historial de operaciones, más simple te va a resultar cada declaración.
Más sobre fiscalidad cripto en Argentina:
Más sobre fiscalidad cripto en Argentina:
- Impuesto a las ganancias
- Bienes personales
- Qué pasa si no declarás
- Régimen de información de ARCA
- Cómo regularizar criptomonedas
Preguntas frecuentes sobre cómo declarar criptomonedas en Argentina
Comprar y mantener criptomonedas no genera Impuesto a las Ganancias: ese impuesto recién aparece cuando vendés y obtenés un resultado. La tenencia, en cambio, sí puede tributar Bienes Personales. Si al 31 de diciembre el valor de tus cripto sumado al resto de tus bienes supera el mínimo no imponible vigente, tenés que declararlas y, según el tramo, pagar el impuesto. Por eso conviene registrar el valor de tus tenencias a fin de año aunque no hayas vendido nada.
Sí. Desde la RG 4614/2019, actualizada por la RG (ARCA) 5804/2025, los exchanges y billeteras registrados como PSAV informan a ARCA los datos de sus clientes: saldos, ingresos y egresos que superan ciertos umbrales mensuales (50 millones de pesos para personas humanas). Desde abril de 2026 el reporte pasó a ser por sujeto e incluye titular, CVU o CBU, entidad emisora y todos los saldos visibles de la cuenta. En la práctica, el organismo cruza esa información con tus declaraciones juradas.
La ganancia surge de restarle al importe obtenido en la venta el costo de adquisición y los gastos relacionados con la operación. Sobre ese resultado se aplica la alícuota cedular del 5% o del 15%, según la moneda y el origen de la renta. Las personas humanas pueden computar la deducción especial del Art. 100 y compensar quebrantos de ejercicios anteriores. Las empresas están obligadas a usar el método FIFO (primero entrado, primero salido) para determinar qué unidades vendieron.
Las stablecoins como USDT reciben, en la interpretación más habitual, el mismo tratamiento que el resto de las criptomonedas: no se consideran moneda extranjera. Eso significa que su tenencia al 31 de diciembre puede quedar alcanzada por Bienes Personales y que venderlas o cambiarlas puede generar un resultado gravado por Ganancias. Todavía no hay una norma específica de ARCA sobre stablecoins, así que ante montos relevantes conviene consultar con un contador especializado en activos digitales.
No. El monotributo no está pensado para la actividad cripto y es incompatible con las rentas de segunda categoría que genera la venta de criptomonedas. Un monotributista que vende cripto debe declarar esa ganancia por el régimen general de Ganancias, no dentro de su monotributo. Además, la compraventa recurrente suele superar los parámetros del régimen simplificado, lo que puede obligar a recategorizar o incluso a pasar al régimen general.
No declarar criptomonedas que estás obligado a informar te expone a ajustes, multas e intereses por parte de ARCA. Como los exchanges y billeteras ya informan saldos y movimientos, el organismo puede detectar inconsistencias entre lo que declarás y lo que figura en las plataformas. En los casos más graves, la omisión puede derivar en sanciones mayores. Regularizar a tiempo, con el respaldo de tus comprobantes de operaciones, siempre resulta más barato que enfrentar una determinación de oficio.
Fuentes consultadas: