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¿Cómo funcionan los impuestos sobre dividendos?

Cómo funciona la retención del 7% sobre dividendos en Argentina en 2026: quién la paga, cómo se declara y qué cambió con ARCA (ex AFIP).
¿Cómo funcionan los impuestos de dividendos?
¿Cómo funcionan los impuestos de dividendos?


Al igual que en cualquier otro país, en Argentina las empresas también pagan dividendos, y esos dividendos están sujetos a impuestos. La retención es del 7% sobre el monto bruto, sin distinción entre accionistas personas humanas o jurídicas, y tiene carácter de pago único y definitivo: una vez retenida, no volvés a declararla.

Repasamos cómo funciona esta retención, quién la aplica y qué pasos seguir para declararla correctamente.

Puntos clave
  • Dividendos de acciones argentinas: retención única del 7%, sin excepciones por tipo de accionista.
  • La retención es un pago único y definitivo: no vuelve a declararse en la DDJJ anual.
  • No hay mínimo no imponible para dividendos: la retención aplica sobre el monto bruto total.
  • El organismo recaudador es ARCA (ex AFIP) desde 2024.

Régimen tributario de los dividendos en Argentina 

El régimen tributario de dividendos en Argentina está regulado por la Ley 20.628 (Impuesto a las Ganancias), con la alícuota del 7% instrumentada por ARCA (ex AFIP) mediante la Resolución General 5060/2021, que reemplazó la anterior alícuota del 13% por el 7% actual. Esta retención alcanza a los dividendos que provienen de utilidades generadas en ejercicios fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2018; los dividendos originados en utilidades de ejercicios anteriores no están alcanzados. 

Exenciones y deducciones 

Existen las siguientes exenciones sobre el pago de dividendos: 

  • Dividendos originados en utilidades de ejercicios fiscales iniciados antes del 1° de enero de 2018, que quedan fuera de esta retención. 
  • Disposiciones especiales para dividendos percibidos por entidades exentas o no alcanzadas por el impuesto a las ganancias, como ciertas organizaciones sin fines de lucro o entidades de bien público. 

Con respecto a las deducciones, podemos tener en cuenta las siguientes consideraciones: 

  • Personas físicas: como la retención del 7% es un pago único y definitivo, no hay deducciones adicionales que aplicar sobre los dividendos de fuente argentina en la declaración jurada. Los impuestos ya pagados en el extranjero sobre dividendos de fuente extranjera sí pueden usarse como crédito fiscal para reducir el Impuesto a las Ganancias, cuando exista un convenio para evitar la doble imposición vigente entre ambos países. 
  • Personas jurídicas: cuando el dividendo se distribuye entre sociedades argentinas, ese monto generalmente no vuelve a computarse como ganancia gravada en cabeza de la sociedad que lo recibe, para evitar la doble imposición en la cadena societaria. 

Procedimiento para declarar impuestos sobre dividendos 

Si cobrás dividendos de una empresa argentina, no tenés que hacer ningún trámite adicional: la retención del 7% que aplica la empresa antes de pagarte es un pago único y definitivo. Igualmente, conviene conservar el comprobante de los dividendos recibidos y de la retención practicada, por si tu situación patrimonial te obliga a presentar una declaración jurada informativa. 

Del lado de la empresa que distribuye los dividendos, el procedimiento es: 

  • Retener el 7% del Impuesto Cedular antes de distribuir los dividendos. 
  • Informar e ingresar esa retención a ARCA a través del Sistema de Control de Retenciones (SICORE). 
  • Entregar a los accionistas el comprobante con el detalle de los dividendos distribuidos y la retención practicada. 

Consejos para optimizar la tributación de los dividendos 

Se pueden aplicar los siguientes consejos para optimizar la tributación de dividendos en el caso de las personas físicas: 

  • Verificar si se pueden aplicar créditos fiscales por impuestos ya pagados en el extranjero sobre dividendos de fuente extranjera. 
  • Llevar un registro ordenado de los comprobantes de retención, útil para tu declaración jurada informativa y ante eventuales requerimientos de ARCA. 
  • Evaluar el instrumento antes de invertir: los dividendos de acciones argentinas tienen una retención fija y definitiva, mientras que otros instrumentos pueden tener un tratamiento distinto. 

En el caso de las personas jurídicas: 

  • Evaluar la estructura societaria y el circuito de distribución de utilidades entre sociedades del grupo, dado que los dividendos entre sociedades argentinas generalmente no vuelven a tributar. 
  • Evaluar si es posible aplicar regímenes de promoción para beneficiarse con incentivos fiscales. 
  • Aprovechar créditos por impuestos pagados en el exterior cuando corresponda. 

Ejemplos prácticos de la retención sobre dividendos 

Veamos dos ejemplos para entender cómo funciona la retención en la práctica. 

Ejemplo de cobro (persona física): 

  • Juan recibe dividendos brutos por 100.000 pesos de una empresa argentina. 
  • La empresa retiene el 7% ($7.000) antes de pagarle. 
  • Juan cobra 93.000 pesos netos, y esa retención es definitiva: no tiene que volver a pagar Ganancias por ese dividendo. 

Ejemplo de retención (la empresa que distribuye): 

  • La empresa generó una utilidad neta de 1.000.000 de pesos. 
  • Decide distribuir 800.000 pesos entre sus accionistas. 
  • Aplica el 7% del Impuesto Cedular: 56.000 pesos. 
  • Retiene ese monto e ingresa el resto (744.000 pesos) a sus accionistas. 

Un impuesto con pocas concesiones 

Los dividendos de empresas argentinas pagan una retención fija del 7%, igual para todos los accionistas y sin mínimo exento: lo importante es que ese pago es único y definitivo, así que no exige trámites adicionales de tu parte. Confundir este régimen con el de otros instrumentos, como los CEDEAR, puede llevarte a declarar mal tus dividendos. Antes de armar tu cartera, identificá qué retención aplica a cada activo y llevá un registro ordenado de tus comprobantes.

Preguntas Frecuentes sobre los impuestos a los dividendos en Argentina


No. Desde el período fiscal 2021 (Ley 27.630 y RG 5060/2021 de ARCA), la alícuota es del 7% para todos los beneficiarios de dividendos de empresas argentinas, sin distinción entre personas humanas y jurídicas.


No. La retención del 7% se calcula sobre el monto bruto total distribuido, sin un piso exento como sí existe en otros impuestos.


Solo los que provienen de utilidades generadas en ejercicios fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2018. Los dividendos originados en utilidades de ejercicios anteriores no están alcanzados por esta retención.


No. La retención del 7% tiene carácter de pago único y definitivo para personas humanas residentes, así que no corresponde volver a incluirla en la declaración jurada anual.


El régimen de retención sobre dividendos no cambió: solo cambió el organismo que lo administra. Desde 2024, ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) reemplazó a la AFIP.

Fuentes consultadas: ARCA (ex AFIP) — Régimen de retención del Impuesto a las Ganancias sobre dividendos; Resolución General 5060/2021 (Boletín Oficial) — Nueva alícuota del 7% sobre dividendos
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