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Lanstronio 18/04/19 04:32
Ha respondido al tema Renovacion subsidio mayores 52 años - Rescate fondos
Como bien te señala Bacalo, para la concesion del Subsidio se tienen en cuenta las rentas obtenidas el mes anterior a hecho causante. Si te pidieron para la concesion el Declaracion de RENTA  es simplemente como medio orientativo (se entiende que hay ingresos que son recurrentes). Si la proxima actualizacion del subsidio (acreditacion de rentas) tu declaracion recoge la venta, posiblemente el SEPE te diga que se estingue el subsidio (ellos van a por todas). Pero tu vas a tener la posibilidad de presentar una reclamacion. Y en esa reclamacion lo que tienes es que demostrar que es un ingreso extraordinario el cual no es recurrente y que se precibe con anterioridad al mes de carencia (mes que se tiene en cuenta para el calculo de las rentas en la concesion del subsidio). Para ello vete localizando o solicitando a tu banco el detalle de la disposicion de fondo, muy importante es la fecha y que te venga especificado cuanto es el rescate de las aportaciones realizadas y cuanto el plusvalia obtenido. Otro asunto seria el tema del piso que habeis adquirido, si he entendido bien se lo comprastes para tu hijo, pero lo importante ¿a nombre de quien esta y quien reside en el. Si esta a su nombre (el de tu hijo), pues nada de nada no interviene en rentas. Si lo habeis puesto a nombre del matrimonio (tuyo y de tu señora) y no es tu residencia habitual, lo mas seguro es que tengas que computar como presunta rentas, el calculo seria el valor catastral por el 3% lo divides entre dos (diferenciando la parte de tu esposa) y el resultado lo divides por doce y dicha cantidad se consideraria rentas a imputarte. Posdata.- No me queda claro totalmente si conoces  que parte de las disposiciones de P.P. se consideran rentas, no es el total rescatado si no el plus valia obtenido. TEn en cuenta que SEPE lo que consigue de A.Tributaria es la D. REnta. y que hay no se especifica, figura todo como ingresos del trabajo. Por eso eres tu el que tienes que demostrarle que de esa partida x corresponde a un plan de pensiones rescatado y que de ese plan solo determinada parte son ingresos ya que como establece sentencia del TSJ el capital rescatado formaba parte ya de tu patrimonio con anterioridad al hecho causante. Ejemplo Imaginate que tienes un plan de pensiones y haces dos aportaciones en toda su vigencia de 15.000 euros cada una cuando rescatas te ingresan un total de 31.000 €  el impreso del banco debe de determinar que 30.000 corresponden a capital aportado y 1000 a plusvalia obtenido. Y cara a SEPE tomarias los 1000 como es mayor de 675 euros lo divides entre 12 y el resultado seria la renta mensual computable.
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Lanstronio 11/04/19 12:49
Ha respondido al tema Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Estara parado por cualquier causa menos por la que comenta. Con independencia de todas las reclamaciones que se haya podido efectuar al tribunal consititucional, eso no impide que, desde el momento de su entrada en vigor (antes incluso de su ratificacion) su aplicacion es obligatoria y totalmente legal, es lo que se llama seguridad juridica. En segundo lugar, el hecho de que se intente impugnar por inconstitucional no indica que se vaya a ratificar ni tan siquiera si esa " Denuncia" va a ser admitida a tramite. La norma establece el Decreto ley como instrumento activo y el calificado de Urgente o no urgente es tan variable como personas puedan tener opiniones contrarias (lo que para uno es urgente para otros no) En tercer lugar, el partido popular ha manifestado que va a llevar alguno de los Decretos aprobados, no todos y es que efectivamente, hay algunos decretos que se declaran en inicio como urgente, pero tienen la contradiccion que su aplicacion,por la propia norma que los regula, se alargan varios años en el tiempo, con lo que en esos casos, entre los que no se encuentra el Subsidio para mayores de 52 años, si que se puede demostrar la falta de la urgencia para su aprobacion. Por ultimo, no es un decreto nuevo, es una modificacion sobre uno ya existente , por tanto  no justifica esa escusa el que no se apruben ya que en la hipotesis, casi imposible, de declararse inconstitucional el decreto, seria muy complicado el que no tuvieran vigor para aquellas solicitudes presentadas antes de la "impugnacion de las modificaciones a las que dio lugar". Ejemplo: lo que ha ocurrido con el tema del impuesto de actos juridicos documentados, al final aunque la sentencia viene a dar la razon a que es un impuesto que no debe gravar al cliente, no aplica una retroactividad a los que ya han asumido el impuesto. No quiero ser el abogado del diablo, pero si que hay algunos aspectos que pueden justificar el retraso. La concentracion de solicitudes en poco tiempo, la complejidad de la aplicacion e interpretacion de la norma, y el hecho que no debe pasar desapercibido, estamos en periodo del IRPF con una carga extra para la de certiricados de retencion e ingresos. Por otra parte, si hubieran aprobado muchas de los subsidios en los dias previos al dia de ayer, hubieran ademas soportado el hecho de tener que emitir con fecha del 10 las transferencias de esas aprobadas, alguna de las cuales conlleva no una mensualidad si no mensualidad y dias del mes anterior o mes no completo, lo cual complica mas la burocracia. Desde el punto de vista electoral, lo que esta claro es que como tengan miles de solicitudes pendientes y fuera del plazo de los 15 dias "naturales" sin contestar, el efecto que pueden conseguir en cuanto a votos es justo el contrario al deseado. Si son 27 mil el equivalente al cabreo no de 27 mil personas si no 27 mil familias. Por ultimo, segun tengo entendido y no se si estoy en lo cierto o no, es algo que he leido, la aprobacion del subsidio se realiza en cada oficina para lo cual tienen autonomia de decision, y esto puede ser el motivo de que unas sean mas agil que otras,,,,,segun la diligencia del funcionario y la carga de solicitudes de la propia oficina.
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Lanstronio 02/04/19 08:54
Ha respondido al tema Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Un consejo, cuando dice que no la presento, tenga en cuenta "Usted no la presento por que la propia norma lo impedia, ya que al analizar la documentación la administración fue rechazada la posibilidad de tramitarla". Tenga en cuenta que los matices, incluso pareciendo iguales son muy diferentes.
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Lanstronio 02/04/19 08:19
Ha respondido al tema Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Es igual que no lo pidiera, le van a esigir que cumpla los requisitos desde ese momento considerando solo sus rentas para concederselo. Si lo analiza es logico, no tenia derecho por que se establecia en la norma el considerar los ingresos del resto de miembros de la U.F. el TSJ en sentencia dice que eso no se ajusta a derecho, y para retroceder la situacion establece dos cuestiones: Caracter no retroactivo para reclamar las cantidade que se hubieran originado desde el momento del hecho causante. Y segunda, que para accer, el solicitante debera acredirtar el nuevo reuquisito de rentas a partir de la fecha del hecho causante hasta la presentacion de la nueva solicitud.
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Lanstronio 03/03/19 11:49
Ha respondido al tema Aclaraciones sobre el CIRBE
No obstante a lo anterior, si me lo permite le hago una reflexion sobre el asunto. No vea el dato cirbe como un enemigo cuando pida un prestamo, tenga en cuenta que no es un registro de morosos ni mucho menos, y que es una norma impuesta no por la entidad que le da el prestamo, que al fin de la postre gana dinero concediendolos y no denegandolos.  La Cirbe tampoco esta ideada para negarlos, si no para optimizar y asegurar al cliente su capacidad de amortizacion. En los ultimos tiempos se han vivido situaciones lamentables y posiblemente gran parte de ellas ha sido por que no se ha actuado con la debida profesionalidad y rigor. Es como un medico que indiscriminadamente mandara antivioticos al final en lugar de curar mata. La cirbe en manos de un buen profesional de banca no necesariamente conduce a la denegacion de prestamos si no a asegurar que la formula financiera elegida por el cliente es la adecuada a sus condiciones economicas y la forma de devolucion del prestamo. ¿De que sirve que a alguien, no digo que sea su caso, le concedan un prestamo si a la primera cuota ya no puede hacer frente? Por tanto mi consejo.  No se preocupe por que se conozca el dato, preocupese de encontrar un profesional de banca lo suficientemente normal y profesional como para poder encontrar un mode de amortizacion adecuado a sus condiciones financieras realies. Un cordial saludo
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Lanstronio 25/09/18 08:45
Ha respondido al tema ¿Los bancos suelen conceder préstamos para pagar el impuesto de sucesiones?
Banos a ver. Si dentro del caudal hereditario existen cuentas objeto de la herencia, el pago del impuesto es una de las justificaciones que "autorizan" a disponer de los fondos sin necesidad de haberse realizado la aceptacion y adjundicacion de herencia. Para ello basta conque acreditéis ante la entidad lo siguiente: - Certificado de Defunción - Certificado ultimas voluntades -Testamento o en su caso declaración de herederos abintestato - Justificante liquidación impuesto sucesiones - Firmar los herederos. El banco dar dos opciones o transferencia o cheque bancario en ambos casos el beneficiario la oficina liquidadora del impuesto Si no hay cuentas o saldo suficiente para saldar el impuesto. Efectivamente el banco puede conceder un préstamo para el pago del impuesto, como lo podría conceder para otra cosa, con los mismos requisitos, osea estudiando las garantías aportadas. Espero que le sea útil. saludos.
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Lanstronio 14/06/18 17:58
Ha respondido al tema ¿Para cuando subida de tipos en Europa?
Justo por eso se justifica lo comentado. Las entidades, para captar clientes anticipan esa subida. Espera y veras como a finales de verano se incia campañas por eso comentaba lo del 0,25 0,30 eso producira en las entidades mas debiles una tension en sus cuentas de resultado si quieren mantener los niveles de deposito, y esto supone el punto debil de las pequeñas frene a las grandes. Ejemplo pasados, hace muchos años el santander revento el mercado con la super cuenta, en ese momento los tipos aplicados a esa cuenta estaban muy lejos del mercado, supuso una sangria de muchos plzs. fijos que de otras entidades migraron a la supercuenta del santander. El Santander consiguio record no conocidos hasta entonces de contratacion. 
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