Ha comentado en el artículo EiDF, ¿Qué más puede pasar en el MAB?
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No me ha quedado claro su mensaje. No soy experto en el Código Penal pero me parece que los directivos ya son responsables de cualquier delito societario, tanto penal como civilmente. Otra cosa es que la justicia no funcione pero no creo que en este país falten leyes. De hecho, creo que sobran, sobre todo cuando no se cumplen. Según el Código Penal, si no voy errado:Artículo 290Los administradores, de hecho o de derecho, de una sociedad constituida o en formación, que falsearen las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad, de forma idónea para causar un perjuicio económico a la misma, a alguno de sus socios, o a un tercero, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.Si se llegare a causar el perjuicio económico se impondrán las penas en su mitad superior.Respecto a la responsabilidad civil:Artículo 1091. La ejecución de un hecho descrito por la ley como delito obliga a reparar, en los términos previstos en las leyes, los daños y perjuicios por él causados.Buenas tardes y aunque me duela por mi patriotismo (que se va perdiendo poco a poco o mucho a mucho) es mejor para pequeños inversores huir de empresas que sólo cotizan en España. Prefiero la SEC a la CNMV y creo que todos estamos de acuerdo.