Acceder

Contenidos recomendados por Pimiento

Pimiento 06/01/16 09:30
Ha respondido al tema ¿Cómo heredan los cónyuges en España?
Buso, te explico lo que se suele hacer en general y por simplificar. Como las adjudicaciones de usufructos plantean numerosos problemas con los nudos propietarios en la administración, gestión, mantenimiento, mejoras etc ...; en la práctica, para mayor comodidad de todas las partes y para evitar problemas innecesarios, se valora el usufructo en X € y lo que que se hace es adjudicar bienes en pleno dominio por valor de X€. Tratando de respetar las cuantías para que no existan excesos de adjudicación que debieran tributar por TPO o ISD. Un ejemplo concreto, pongamos que Rafael le lega a su viuda lo estrictamente legal (que si hay hijos y descendientes comunes es el usufructo del tercio de mejora). Se cuantifica ese usufructo y se valora en 12.000€. Pues a la viuda se le adjudica el pleno dominio de un garaje valorado en 11.500€ y 500€ de la cuenta corriente (lógicamente una vez disuelta al sociedad de gananciales, si existía). Y con esta forma de repartir la herencia evitamos problemas futuros innecesarios.
Ir a respuesta
Pimiento 02/11/15 15:58
Ha respondido al tema Extinción de condominio - pregunta genérica
Estimado W. Petersen: Como muy bien apuntas dice nuestro Código Civil que " [...] los copropietarios no podrán exigir la división de la cosa común, cuando de hacerla resulte inservible para el uso a que se destina." Aquí habla de la división física. Pero esto no quiere decir que no se pueda disolver el proindiviso; en el supuesto del caso anterior la única alternativa es que de común acuerdo se la adjudicque uno de ellos o se venda a un tercero .... o, si no hay acuerdo, la venta en subasta pública y cualquiera (incluso los actuales propietarios) pueden pujar para hacerse con el bien. Un claro ejemplo de esto sería un piso de un edificio, o un bien rústico que al dividirlo no alcance cada una las divisiones la unidad mínima de cultivo. En definitiva, y respondiendo a tu pregunta, cualquiera de los herederos una vez adjudicados los bienes podría pedir su venta en subasta pública en caso de no haber acuerdo previo. Espero haberte ayudado. Saludos.
Ir a respuesta
Pimiento 02/05/15 14:27
Ha respondido al tema Desafectación y Venta Piso Comunidad Vecinos
Yo también lo entiendo tal y como lo explicas (y si me apuras, es la única explicación matemática coherente). El criterio del administrador no se sostiene. Dado que si tu has comprado un 5.26% de un bien por 150.000€; el 0.24% vale 6.844€. Saludos.
Ir a respuesta
Pimiento 27/02/14 05:43
Ha comentado en el artículo ¿Cobran los subasteros por adelantado?
Hola Tristán; pues yo tenía entendido que el deudor podía pagar hasta que se dicte el decreto de adjudicación. Te animo a que escribas una entrada sobre el asunto ... el periodo de tiempo entre la aprobación del remate y el decreto de adjudicación es un completo desconocido para muchos.
ir al comentario
Pimiento 26/02/14 18:14
Ha comentado en el artículo ¿Cobran los subasteros por adelantado?
Por lo que dices entiendo que cobras tus honorarios antes de que el Secretario dicte el decreto de adjudicación, ¿es así? Si lo anterior fuese correcto, ¿qué pasa si en el intervalo de tiempo que va desde la aprobación del remate hasta el decreto de adjudicación se anulase la subasta por cualquier motivo (por ejemplo por pago del deudor)?
ir al comentario
Pimiento 15/12/13 11:05
Ha comentado en el artículo Muy típico en las adjudicaciones directas de la AEAT
Artículo 564 del Código CIvil El propietario de una finca o heredad, enclavada entre otras ajenas y sin salida a camino público, tiene derecho a exigir paso por las heredades vecinas, previa la correspondiente indemnización. Si esta servidumbre se constituye de manera que pueda ser continuo su uso para todas las necesidades del predio dominante estableciendo una vía permanente, la indemnización consistirá en el valor del terreno que se ocupe y en el importe de los perjuicios que se causen en el predio sirviente. Según el segundo párrafo, le va a costar más el collar que el perro. De todas maneras, aunque económicamente sea un negocio lamentable, según este artículo ... ¿por qué dices que no podría lograr esa servidumbre?
ir al comentario
Pimiento 25/03/12 13:14
Ha respondido al tema 4,75% TAE
Yo sólo compro preferentes del mercado interno de cada entidad financiera que cotizan sobre el 100% del nominal. Me han dicho que son un chollo a ese precio y que son más líquidas que un billete de dolar. Lo siento por tus pagarés. PD: Pero si quieres me puedes enviar el boli.
Ir a respuesta
Pimiento 07/02/12 15:53
Ha respondido al tema Aportaciones Capital social CAJAMAR
Son productos específicamente diseñados para 'encasquetárselos' a abuelos y gente sin ninguna cultura financiera. ¿Para qué van a dar más si lo van a vender igual? Cualquier basura financiera que se pase a la red comercial bancaria se vende sin problemas. ¿Ves tú a alguien que sepa de ésto invirtiendo en fondos propios de una entidad financiera (máximo riesgo actual) por un pírrico 4% Fíjate que vaguedades te ha dicho cuando le has preguntado por las ventajas ... nada en concreto te ha podido decir. los socios se benefician de pertenecer a la cooperativa de crédito, de su servicio financiero y de su oferta de productos y servicios en general Que cada cuál haga lo que quiera con su dinero, pero invertir en un producto muy arriesgado, altamente complejo y con esa basura de rentabilidad, pues .... el verdadero problema es que lo venden diciendo "que es como un IPF ..." En conclusión, nadie racional compraría éste producto a esta rentabilidad. PD: Recuerda de paso que allá pro el 2007-2008 también decían que con las preferentes se recuperaban el dinero en un par de días ... hasta que se acabaron los pardillos para vendérselas y se acabó el negocio.
Ir a respuesta
Pimiento 01/02/12 14:32
Ha respondido al tema Aportaciones Capital social CAJAMAR
Yo últimamente es que alucino con este foro; dices que: como empleada de Cajamar que soy ..... Las aportaciones a capital social se retribuyen actualmente a un tipo de interés del 3,95%, lo que no está nada mal. ¿Podrías decirnos en que facultad has estudiado? ... es para llamar y que la cierren a cal y canto. Hasta las personas que no tienen ni la educación primaria saben que a más riesgo tiene que rentarte más la inversión. Y con la que está cayendo una retribución del 3.95% por aportar fondos propios una entidad financiera no es que sea mala rentabilidad es que una autentica basura . Señores, que tenemos IPF's que rondan el 4.5% ... Y para muestra un botón ... Id rezando porque cando se mueran los abuelos vais a pasar hambre y os estará muy bien empleado. Los alrededor de 50.000 propietarios de cuotas participativas de la CAM se arriesgan a perder TODA su inversión y, como El Confidencial adelantó el pasado 23 de diciembre, no tendrán la posibilidad de volver a comprar o vender sus títulos en bolsa. El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Julio Segura, ha advertido hoy a los inversores que perderán toda su dinero si el emisor les da un valor cero.... http://www.cotizalia.com/noticias/2012/02/01/la-cnmv-advierte-a-los-duenos-de-las-cuotas-de-la-cam-pueden-perderlo-todo-75739/ Miserable tu exposición a más no poder. Ahora, después de leer el artículo de arriba te esperamos, a tí junto con el resto de banqueros, a explicarnos como funciona el mundo, si es que puedes, claro.
Ir a respuesta