Ha respondido al tema Reforma de los planes de pensiones (de 8000€ a 2000€), ¿para aportar o para desgravarse?
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Ahí tienes el texto del B.O:E. de 30 de Diciembre que describe como queda el limite para aportaciones a planes de pensiones individuales. Artículo 52. Límite de reducción.1. Como límite máximo conjunto para las reducciones previstas en los apartados 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 51 de esta Ley, se aplicará la menor de las cantidades siguientes:a) El 30 por 100 de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.b) 2.000 euros anuales.Este límite se incrementará en 8.000 euros, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales.Las aportaciones propias que el empresario individual realice a planes de pensiones de empleo o a mutualidades de previsión social, de los que, a su vez, sea promotor y partícipe o mutualista, así como las que realice a planes de previsión social empresarial o seguros colectivos de dependencia de los que, a su vez, sea tomador y asegurado, se considerarán como contribuciones empresariales, a efectos del cómputo de este límite. "Los 8000€ adicionales mencionados son a través de planes de pensiones de Empresa.En cuanto a la posibilidad de diferir el posible exceso no estaba contemplando ni se contempla en la nueva normativa.Saludos