Hola Djnan5, según la situación personal de cada uno así como del importe bruto anual son factores que influyen en el % de retención de IRPF , por lo que no se puede generalizar, pero lo que no es normal es que es un 0% de IRPF( si trabajas todo el año en la empresa ). Te envio un enlace de un programa de la Agencia Tributaria que te ayudará a calcular cuál sería tú porcentaje del IRPF. https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R170/index.zul Mi opinión es que deberías hablar con la empresa para solucionar el tema y conocer los motivos, pues todos deberíamos conocer nuestras situación. Aunque tu estés obligado o no a presentar la declaración de la renta, la empresa tiene la obligación de practicar una retención, deberías haberle rellenado, firmado y entregado el Modelo 145 para que la empresa sepa cual es tu situción personal y pueda conocer la correcta retención que te debería aplicar. Todas las empresas están obligadas a aplicar un mínimo de retención en la nómina para el IRPF. Si como dices cobras 21.000 € brutos anuales entrarías dentro del grupo de una retención total del 30%, aunque hay que tener en cuenta el tipo autonómico dependiendo de la comunidad autónoma donde vivas. <!--td {border: 1px solid #ccc;}br {mso-data-placement:same-cell;}--> BASE LIQUIDABLE (IMPORTE BRUTO ANUAL) en € TIPO ESTATAL % TIPO AUTONÓMICO % TOTAL % (IRPF) 0 12.450 9,5 9,5 19 12.450 20.200 12 12 24 20.200 35.200 15 15 30 35.200 60.000 18,5 18,5 37 >60.000 22,5 22,5 45 Además si haces horas extras se deberían sumar y por tanto podría ser que subiera el % de la retención del IRPF si pasaras del tramo. Por tanto si sumando las horas extras pasas de 22.000€ de importe bruto estarías obligado a declarar, con el problema de que como se supone que no te han retenido nada la empresa, lo deberías pagar tú, regulando tu situación en la declaración de la renta ( 22.000*30%= 6.600 €). La empresa debe cumplir con las obligaciones de retener al trabajador contratado en Régimen General a cuenta de su IRPF, y si no lo cumple tendrá también consecuencias: Obligaciones del retenedor: El empresario o la Empresa, que aplica una retención en concepto de IRPF y de Seguridad Social a cargo del trabajador mensualmente, tal y como se aprecia en las nóminas. El retenedor, entre otras obligaciones, debe: 1. Ingresar en Hacienda los importes retenidos a los trabajadores. 2. Informar al trabajador de esta retención en cada nómina. 3. Retener el porcentaje establecido en las correspondientes tablas según las circunstancias personales de cada trabajador, en base a lo que les comunica el empleado mediante el modelo 145. Consecuencias de una incorrecta aplicación de la Retención: ( Entiendo que sería tu situación si son 21.000 € importe bruto anual) Si al empleado se le retiene menos de lo que dice la tabla de retenciones, y además no estas obligado a presentar la declaración del IRPF (percibes menos de 22.000 euros anuales o no has sido retribuido por más de un perceptor en el año fiscal). En esta situación Hacienda recibe menos dinero de lo que correspondería. Pero tú no has incumplido sus obligaciones fiscales, ya que no declaras por no estar obligado. La Agencia Tributaria se dirigirá hacia la empresa, que no ha cumplido correctamente su obligación de retener lo suficiente. En este caso, será la empresa la obligada del pago de las cantidades dejadas de ingresar (en concepto de retenciones incorrectamente practicadas), quien además será sancionada.