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Pablotare 07/02/18 13:00
Ha respondido al tema Se cumplen 3 años de contrato y me suben el alquiler.
Creo recordar que para contratos firmados en 2013 o siguientes son 3 años la duración según la Ley de Arrendamientos Urbanos Es como firmar un nuevo contrato ya que el otro se entiende extinguido cuando te avisan con 30 días de preaviso antes del cumplimiento de los tres años. No te queda otra que valorar si te merecen la pena las nuevas condiciones o buscar algo nuevo.
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Pablotare 21/12/17 07:02
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Operaciones societarias supone el 1% de la las aportaciones que reciben los socios con la liquidación. Debe ser satisfecha por los socios. Entiendo que no lo han hecho hasta ahora por error de su gestor (menudo aficionado por otra parte...) y que el gestor asumirá con su seguro los impuestos de los proyectos anteriores. De aquí a futuro entiendo que no lo habrá ya por funcionar como préstamo participativo y no como accionista propietario Saludos.
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Pablotare 20/06/17 04:35
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Menudo articulito se marcan en "El Confidencial". Nada que no sepamos, pero con altavoz. http://blogs.elconfidencial.com/mercados/perlas-de-kike/2017-06-20/housers-inversion-inteligente_1402165/
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Pablotare 04/05/17 04:15
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
De acuerdo contigo. Si tengo un rato hoy voy a buscar las consultas tributarias en la base de datos y te comento impresiones. A ver que se decide y en función de eso habrá que plantear la renta a presentar.
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Pablotare 20/04/17 08:11
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Muchas gracias por la info. Yo la verdad hace ya año y pico que no meto más y simplemente me dedico a sacar los rendimientos mes a mes. Hay continuos incumplimientos de sus propias promesas (el famoso mercado secundario de compra-venta, foros caídos en cuanto la gente ha empezado a rascar en los proyectos y para silenciar quejas... deducciones e interpretraciones fiscales que vienen y van). En fin, nada que no sepáis los que estáis dentro. Respecto a la deducción fiscal os pego el artículo con los requisitos, tiene pinta que es que no se cumple el apartado 2º letra b) por tratarse de una actividad de gestión de un patrimonio inmobiliario. Me genera dudas la remisión al artículo de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio donde creo que un edificio alquilado si se entiende actividad económica. Tiene pinta de que se han columpiado el año pasado con su asesor fiscal temerario o simplemente que ha sido mala fe para captar fondos más rápido. El artículo de la Ley de IRPF es el 68.1 establece estos requisitos: "2.º La entidad cuyas acciones o participaciones se adquieran deberá cumplir los siguientes requisitos:   a) Revestir la forma de Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima Laboral o Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral, en los términos previstos en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y en la Ley 4/1997, de 24 de marzo, de Sociedades Laborales, y no estar admitida a negociación en ningún mercado organizado. Este requisito deberá cumplirse durante todos los años de tenencia de la acción o participación. b) Ejercer una actividad económica que cuente con los medios personales y materiales para el desarrollo de la misma. En particular, no podrá tener por actividad la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario a que se refiere el artículo 4.8.Dos.a) de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, en ninguno de los períodos impositivos de la entidad concluidos con anterioridad a la transmisión de la participación. c) El importe de la cifra de los fondos propios de la entidad no podrá ser superior a 400.000 euros en el inicio del período impositivo de la misma en que el contribuyente adquiera las acciones o participaciones. Cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas, el importe de los fondos propios se referirá al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo       3.º A efectos de aplicar lo dispuesto en el apartado 1.º anterior deberán cumplirse las siguientes condiciones: a) Las acciones o participaciones en la entidad deberán adquirirse por el contribuyente bien en el momento de la constitución de aquélla o mediante ampliación de capital efectuada en los tres años siguientes a dicha constitución y permanecer en su patrimonio por un plazo superior a tres años e inferior a doce años. b) La participación directa o indirecta del contribuyente, junto con la que posean en la misma entidad su cónyuge o cualquier persona unida al contribuyente por parentesco, en línea recta o colateral, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado incluido, no puede ser, durante ningún día de los años naturales de tenencia de la participación, superior al 40 por ciento del capital social de la entidad o de sus derechos de voto. c) Que no se trate de acciones o participaciones en una entidad a través de la cual se ejerza la misma actividad que se venía ejerciendo anteriormente mediante otra titularidad. (...)
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Pablotare 06/08/15 08:27
Ha respondido al tema Michael Kors
Gran noticia por fin a ver si esto nos permite despegar y coger un cierto margen sobre nuestros precios de entrada para los que hemos confiado en el "peor" momento y que se invierta por fin la tendencia. Está cotizando a un PER bajísimo.
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Pablotare 12/09/14 11:52
Ha respondido al tema Arcelor Mittal (MTS)
Compañeros, me subo al carro en 11 casi pelados, creo que tenemos un fuerte potencial por delante, vamos nada que no sepáis los más expertos del Foro. Os seguiré diariamente, gracias por vuestras aportaciones. Saludos
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Pablotare 08/01/14 10:48
Ha respondido al tema GOWEX
Lakokocha eres in dispensable en el foro. La verdad es que tiemblan las piernas pensando en aquel pico del 14,31, pero bueno mi inversión todavía no ha cumplido ni un año de antigüedad, vamos a largo o a largo?
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