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Juan Lackland

Se registró el 21/09/2014

Sobre Juan Lackland

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
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Juan Lackland 14/05/26 09:17
Ha recomendado Re: Herencia sin escriturar desde 2019: actualización de valor para futura venta e IRPF de leopol72
Juan Lackland 14/05/26 09:15
Ha respondido al tema Declaración Renta 2025
NO. No se considera un pagador más porque los pagadores más sólo se consideran en rentas del trabajo.
Juan Lackland 14/05/26 07:26
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Por citar un caso concreto que conozco personalmente. Se jubiló en 2009. Su vida laboral según la SS empezó en 1973 (parece que estuvo unos años en una empresa poco formal que no le dio de alta). Algo más de 35 años cotizados.Le han hecho el cálculo desde 1973 hasta 1 de enero de 1979.
Juan Lackland 14/05/26 07:17
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Pues los primeros, o sea mediados de los ochenta, hace tiempo que son centenarios.
Juan Lackland 14/05/26 07:15
Ha respondido al tema Compensar pérdidas años anteriores
Si hay ganancia en la venta, lo de los dos meses no se aplica.
Juan Lackland 14/05/26 05:36
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Se tiene en cuenta todo. Otra cosa es que con 35 años (en general) se tiene derecho al 100x100 de la pensión y tener más no la incrementa porque no puede subir más del 100x100.Si sólo se tuvieran en cuenta los últimos 35 años, los que se jubilaron después de 1979+35 = 2014 no tendrían derecho a devolución por Mutualidades.
Juan Lackland 14/05/26 05:29
Ha respondido al tema Declaración Renta 2025
Cuando os digan eso, tenéis que contestar que lo del 31 de diciembre lo sabemos todos. Que se llama para preguntar lo que no se sabe o sea cuál es el estado de la tramitación. En caso de duda, hay que preguntarle al funcionario (o funcionaria) si no conoce el art. 34.1.e)  de la Ley General Tributaria, ya que el contribuyente tiene pocos derechos, los pocos que tiene hay que respetarlos de manera estricta.
Juan Lackland 14/05/26 04:16
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Yo creo que no es así. Se consideran las aportaciones a mutualidades de toda la vida (no solo los 35 años) porque todas ellas contribuyen a generar la pensión y no fueron deducibles.Por eso, en un principio Hacienda hacía la proporción en función de todos los años y no solo 35. Fue el TS quien tuvo que decir que la proporción hay que hacerla sobre 35 años para no perjudicar a los que más tiempo han cotizado.
Juan Lackland 13/05/26 09:07
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Servicios Previos, lo dice el papel.
Juan Lackland 13/05/26 06:59
Ha respondido al tema Optimizar donación de piso/dinero
Aparentemente es mejor la segunda opción. No obstante es recomendable hacer números para asegurarse, conviene calcular todos los impuestos en cada caso y estimar los honorarios de notario (son varias operaciones) y Registro.No creo que el pacto sucesorio sea conflictivo, aunque no he conocido de cerca ningún caso. Lo mejor es que se lo consultes al notario, las consultas a los notarios son gratuitas.
Juan Lackland 13/05/26 05:49
Ha respondido al tema Declaración Renta 2025
Sí, queda anulada. La única que vale es siempre la última.
Juan Lackland 13/05/26 04:13
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Sigo opinando que lo mejor es no incluir esos intereses. En este caso con más motivo.Hay que guardar la copia de los datos fiscales sin intereses 
Juan Lackland 12/05/26 15:04
Ha respondido al tema Optimizar donación de piso/dinero
Si, en la primera se paga también desde 1984. Pero eso no lo preguntabas, sólo preguntabas lo de la segunda.Por otro lado, supongo que ya sabes que para calcular la ganancia se aplica un coeficiente de actualización al valor de adquisición, además de añadir los gastos inherentes.
Juan Lackland 12/05/26 13:16
Ha respondido al tema Optimizar donación de piso/dinero
En la segunda opción se paga la ganancia desde 1984. Para ver cuál es más favorable, lo mejor es hacer números.
Juan Lackland 12/05/26 12:31
Ha respondido al tema Presunto fraude fiscal - Contrato Laboral
Si el fraude constituye delito fiscal, puedes tener responsabilidad. Si no hay delito fiscal, no tienes responsabilidad.Para que haya delito fiscal, la cantidad defraudada tiene que superar los 120.000 € en un ejercicio.En la web de la AEAT hay un enlace para presentar denuncia.
Juan Lackland 12/05/26 12:01
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
La cuestión, a mi modo de ver, es que la famosa DT 2ª habla de Mutualidades sin el añadido de "laborales", por tanto la mutualidad de enseñanza, como tantas otras, debería admitirse.Por otro lado, que Clases Pasivas no tenga datos anteriores a 1976 no debería ser inconveniente si el interesado demuestra que estaba en activo previamente con el certificado de prestación de servicios, estando en servicio activo es evidente que has cotizado a la mutualidad vigente en cada momento. La única diferencia es que el certificado de prestación de servicios no lo emite clases pasivas sino el ministerio (o consejería) competente para acordar la jubilación.En cuanto a quien tributa en Hacienda Foral, no debería influir puesto que los datos en que se basa vienen de la misma fuente, aunque puede ser que haya hecho tabla rasa y lo haya aplicado a todos. Cualquiera sabe, porque todo esto ha sido muy poco transparente hasta el extremo de que a quienes han pedido un certificado para reducir la retención, de momento les están aplicando el silencio administrativo.
Juan Lackland 12/05/26 09:17
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Visto lo visto, lo que yo haría es pedir que te computen todo en las dos pensiones, adjuntando los justificantes. Para decir no, ya está Hacienda.
Juan Lackland 12/05/26 07:41
Ha recomendado Re: Cómo declarar irpf en venta inmueble con consolidación de dominio de Cachilipox
Juan Lackland 12/05/26 07:38
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Quizás, más que al ministerio, tenga que consultar a la Consejería de la Comunidad Autónoma. La mayoría de los maestros fueron transferidos en su día, aunque siguieron con el mismo régimen de Muface y Clases Pasivas.
Juan Lackland 12/05/26 07:31
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Lo siento pero ChatGpt en esta ocasión se ha colado totalmente.La base reguladora de las pensiones de los funcionarios en Clases Pasivas no se obtiene en función de sus retribuciones sino del grupo al que pertenecen. Cada grupo tiene su propia base reguladora independiente de cuál sea la retribución que puede varias mucho dentro del mismo grupo. Según la clasificación actual, los maestros están en el grupo A2 (antiguamente proporcionalidad 8), cuya base reguladora se establece normalmente en la Ley de Presupuestos. Digo normalmente porque actualmente no hay tal Ley y se aplica otra normativa: RDLey 3/2026 (ver Anexo III). Los maestros pertenecen al grupo A2 (antiguamente índice 8) por lo que su pensión máxima (con 35 años de servicios) es 41.473,91 € más dos pagas extras.
Juan Lackland 12/05/26 07:15
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Antes de 1970 no trabajo en nada, estaba estudiando.
Juan Lackland 12/05/26 06:51
Ha recomendado Re: Herencia sin escriturar desde 2019: actualización de valor para futura venta e IRPF de Enasua
Juan Lackland 12/05/26 06:42
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Acabo de hablar con el maestro que mencioné anteriormente. Empezó alrededor de 1970. Le han devuelto unos 4.000 € como dije anteriormente, a tu madre le tendrán que devolver más.Le he preguntado si la exención y devolución fue por la pensión de Clases Pasivas o la pequeña de Muface y no me ha sabido responder. Mi sensación es que es por las dos.La única diferencia es que él declara en Hacienda Foral, pero la norma y las sentencias del Supremo son las mismas para todos.
Juan Lackland 12/05/26 04:45
Ha respondido al tema Cómo declarar irpf en venta inmueble con consolidación de dominio
Más compicaciones: ahora veo que la consolidación tributa según la constitución del ususfructo, no según la adquisición de la nuda propiedad. Según eso, la consolidación, en este caso, tributaría por ISD.¿Está mal el cuadro de la AEAT?
Juan Lackland 12/05/26 04:40
Ha respondido al tema Cómo declarar irpf en venta inmueble con consolidación de dominio
¿Artículo 42 del  RD 828/1995? 

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