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¿Los CEDEARs pagan Ganancias? El Gobierno retira la propuesta y la venta sigue exenta

Los CEDEARs no van a pagar Ganancias: el Gobierno retira la propuesta de la Ley de Competitividad Financiera y la venta sigue exenta. Qué cambia para vos.
¿Los CEDEARs pagan Ganancias en 2026?


Los CEDEARs no van a pagar el impuesto a las Ganancias por su venta, al menos por ahora: el Gobierno anunció que retirará del proyecto de Ley de Competitividad Financiera el apartado que proponía gravarlos, después de las críticas de tributaristas y agentes de bolsa. Mientras tanto, la ganancia por vender CEDEARs sigue exenta para las personas humanas, como hasta ahora.

La propuesta había llegado a la Cámara de Diputados esta semana dentro de una reforma amplia del mercado de capitales y del crédito. Si tenés CEDEARs o pensás comprarlos este mes, tenés ideas concretas en los CEDEARs para invertir en noviembre de 2026.

¿Qué proponía el proyecto sobre los CEDEARs?


Según el texto difundido por la prensa, el proyecto reemplazaba el inciso u) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que es el que hoy exime la venta de CEDEARs. La idea era aplicar un criterio de «transparencia fiscal»: que el certificado tributara igual que el activo del exterior que representa, como si el inversor hubiera comprado la acción directamente afuera.

Ante el revuelo, desde el Ministerio de Economía aseguraron que ese apartado había quedado de una versión anterior. Felipe Núñez, asesor del ministro Luis Caputo y director del BICE, lo resumió en su cuenta de X: «Quedó de un borrador viejo. Se va a retirar».

Concepto
Régimen vigente
Lo que proponía el borrador
Ganancia por la venta de CEDEARs (personas humanas)
Exenta, si se cumplen los requisitos del inciso u) del artículo 26
Gravada igual que el activo del exterior que representa el CEDEAR
Dividendos de CEDEARs
Gravados, como renta de segunda categoría de fuente extranjera
Sin cambios
Estado
Sigue vigente
El Gobierno anunció que lo retira del proyecto

Fuente: Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado 2019), artículo 26, inciso u); Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires (CPCECABA), nota técnica «Los CEDEAR en el Impuesto a las Ganancias»; declaraciones del Ministerio de Economía del 3 de noviembre de 2026. Consultado el 4 de noviembre de 2026.


¿Cambia algo hoy para quien tiene CEDEARs?


No. Un proyecto de ley no modifica nada hasta que el Congreso lo aprueba y se publica en el Boletín Oficial, y en este caso el propio Gobierno anunció que sacará el apartado antes del debate. Hoy la venta de CEDEARs sigue exenta para las personas humanas, y lo que sí tributa son los dividendos que pagan algunas de las empresas que hay detrás.

Lo que conviene seguir es el texto corregido del proyecto cuando empiece a tratarse en comisión: ahí se va a ver por escrito que el cambio desapareció. Hasta entonces, no hace falta vender por miedo a un impuesto que no existe.

¿Qué significa para vos si invertís en CEDEARs?


Los CEDEARs siguen siendo la forma más simple de invertir desde Argentina en empresas y ETFs del exterior sin abrir una cuenta afuera, con la misma ventaja impositiva que tenían. Lo que sí te deja este episodio es un recordatorio: el tratamiento fiscal puede cambiar, así que no concentres tu cartera en un solo instrumento y armala según tu perfil, como explicamos en cómo armar una cartera de CEDEARs según tu perfil de riesgo. Y si vas a operar, mirá cuánto te cobra cada intermediario en los brokers con menos comisiones para operar.

¿Qué más trae la Ley de Competitividad Financiera?


El resto del proyecto sigue en pie. Entre otros puntos, reconoce los valores tokenizados y el uso de registros distribuidos (blockchain) para emitirlos y negociarlos, habilita nuevos ámbitos de negociación, incluidas plataformas de proveedores de servicios de activos virtuales, reparte la supervisión entre la Comisión Nacional de Valores y el Banco Central, y amplía los bienes que se pueden usar como garantía para pedir crédito. Ahora tiene que pasar por las comisiones de Diputados antes de llegar al recinto.

Fuentes consultadas:

  • Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado 2019, Decreto 824/2019): artículo 26, inciso u).
  • Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires (CPCECABA): nota técnica «Los CEDEAR en el Impuesto a las Ganancias».
  • Ministerio de Economía: declaraciones del 3 de noviembre de 2026, incluida la publicación de Felipe Núñez en X.
  • Proyecto de Ley de Competitividad Financiera del Poder Ejecutivo, según el texto difundido por la prensa el 3 de noviembre de 2026.
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