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Antonia G 19/02/14 11:58
Ha respondido al tema Dudas sobre nóminas (IT)
Buenas, si se cumplen todos los requisitos según como comentas para que se cumpla una recaída en IT, se trataría de sólo una baja. Por lo tanto, deberías comenzar como bien dices: dos días (el día 19 y el día 20, continuamos contando desde los días de antes de la recaída) al 60% de la Base Reguladora a cargo del empresario, y los días siguientes al 75% de la Base Reguladora a cargo del INSS. Y la segunda duda, al tratarse de un trabajador con salario mensual deberías sumar 30 días, por lo tanto el divisor sería 30. Si se tratase de un trabajador con salario diario, ahí deberiás sumar los dias correspondientes al mes en el que se encuentra la baja (28, 31, en cada caso). Espero que te sirva de ayuda, un saludo.
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