Gracias por el artículo,no tenía ni idea de dicho modelo. Conocía el 720, pero no éste.
Unas preguntas:
¿el D6 hay que presentarlo en enero, antes de la declaración de la renta? Por lo que leo es completamente independiente y no tiene nada que ver.
¿Se presenta independientemente de la cuantía depositada en el extranjero?
Por lo que leo, no aplica a cuentas corrientes en el extranjero, no? Sólo para acciones, fondos...
Muchísimas gracias por las respuestas