Pilar si cobras pensión y te mandan todos los años los datos de la pensión o el certificado para la renta con los ingresos del año (la carta es de color verde) te debe de indicar que la prestación es: PENSIÓN INCAPAC. PERMTE. TOTAL con el importe total de ingresos del año.
si es asi no te preocupes y desgravate con el codigo 1.Del 33% en la Renta.
Aunque en minusvalia solo tengas reconocido el 27%.
Pilar se me olvido decirte que yo tambien tengo una total, y en su dia cuando pase las pruebas por el tribunal medico que me la condedio, con esa documentación fui a la conselleria de benestar social, de mi localidad (Valencia) y si ningunas otras pruebas me reconocieron por defecto el 33% de minusvalia que con este documento si es valido para tener diferentes beneficios el algunas cosas, como descuentos en museos, parques tematicos aqui en Valencia exepción del impuesto de circulación etc, tambien en la compra de un coche nuevo.Este certificado si que me pusieron una fecha de 2 años para renovarla,que fui en su dia y me dieron el 35% ya sin fecha de caducidad.
Aunque sin tener esta otra documentación no te impide lo de que te desgraves el 33% en renta.
Saludos.
Igual o superior al 33%, a los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total
Mira Pilar la ley te lo esta diciendo, si tienes reconocida una pensión por invalidez permanente total. ya tienes reconocido el 33% de incapacidad,ten en cuenta que lo que cobras de pensión si hay que incluirlo en rendimientos de trabajo como ingresos.
yo he leido que si es a tu favor no puedes hacer más que ir a hacienda para hacer una rectificación.
Te paso la solución que le dio el forero Franciscoar a Jose 142857 y que este dice que se lo solucionaron.
Este tipo de errores se arreglan con la solicitud de rectificación. Tienes 4 años desde que terminó el plazo de la declaración de 2011. Tienes que aportar los justificantes que prueben lo que solicitas. No hace falta un modelo normalizado, pero sí que es importante dar muy bien tus datos identificativos y el número de cuenta (que se suele olvidar la gente de ponerlo). Lo puedes presentar en el Registro de Entrada de tu administración de hacienda.
Declaración complementaria es cuando la perjudicada es Hacienda.
Esto lo puedes leer en la pregunta de: Error en declaración renta año anterior.
Esta un poco mas abajo de las preguntas del foro con fecha 14/05/2013.
Creo que tambien si tienes dni.Electronico puede ver si se puede hacer algo por este enlace de la AEAT.
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Recursos__reclamaciones__otros_procedimientos_de_revision_y_suspensiones/Rectificacion_de_declaraciones_y_autoliquidaciones/Rectificacion_de_declaraciones_y_autoliquidaciones.shtml
Saufu a parte de lo que te dice Lunatico ten en cuenta que si la cantida del ahorro supera los 1600 euros, si se esta obligado a presentar declaración de renta.Con independencia de que te salga a devolver y como dice lunatico tu madre tambien puede desgravarte por descendiente.
B) Rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones no exentos, intereses
de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.) y ganancias patrimoniales
(ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversión, premios por la
participación en concursos o juegos, etc.), siempre que unos y otras hayan estado sometidos a
retención o ingreso a cuenta y su cuantía global no supere la cantidad de 1.600 euros anuales.(en esta información dice que si no se superan los 1600 Euros no se esta obligado a hacer la renta.Por lo que hay que tener encuenta que si se supera esta, si se esta obligado y si no se hace y te reclaman puede sancionar,aunque te saliera a devolver).
Contribuyentes no obligados a declarar: cuadro-resumen
Regla Renta obtenida Límites Otras condiciones
1ª
- Rendimientos del trabajo
22.000
- Un sólo pagador (2º y restantes ≤ 1.500 euros anuales).
- Prestaciones pasivas de dos o más pagadores cuyas retenciones
hayan sido determinadas por la Agencia Tributaria.
11.200
- Más de un pagador (2º y restantes >1.500 euros anuales).
- Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por
alimentos.
- Pagador de los rendimientos no obligado a retener.
- Rendimientos sujetos a tipo fijo de retención.
- Rendimientos del capital mobiliario.
- Ganancias patrimoniales.
1.600 - Sujetos a retención o ingreso a cuenta.
- Rentas inmobiliarias imputadas.
- Rendimientos de Letras del Tesoro.
- Subvenciones para la adquisición de
viviendas de protección oficial o de
precio tasado.
1.000
2ª
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos del capital (mobiliario
inmobiliario).
- Rendimientos de actividades económicas.
- Ganancias patrimoniales.
1.000 - Sujetas o no a retención o ingreso a cuenta.
-
Pérdidas patrimoniales. < 500 - Cualquiera que sea su naturaleza.
Hola en primer lugar la compra es en 2013 y la renta que se hace en este año es la del 2012.
la compra del terreno no se declara en renta, otra cosa es para el vendedor de éste terreno que si tiene que declararlo. Por lo tanto tus padres pueden seguir deducciendote como descendiente menor de 25 años.
Tambien si tu obtienes ingresos del trabajo por debajo de 1800 euros, y tienes retenciones puedes hacerte la declaración tuya para recuperar la retención.