Buenas tarde, quería consultarle porque un familiar se encuentra en una situación parecida a la problemática que plantea en el blog. Su seguro cubría fallecimiento, invalidez absoluta e invalidez permanente, ésta contratada con carácter opcional (no era obligatorio). Una vez leída las condiciones sujetas al seguro, no se aclara qué es lo que se entiende por permanente. Entonces, ¿Crees que es probable que esta invalidez se corresponda con la gran invalidez más que con las otras categorías de invalidez permanente (total, parcial...)? Lo más raro de todo es que en el seguro la sitúan en tercer lugar en el rango de coberturas, por lo que cabe deducir que debería estar más relacionado a un grado de siniestro menor.
Maria Jose Martín di, conseguiste algún avance en la reclamación?? lo digo porque alguien de mi familia se encuentra en una situación muy similar. En su caso, el seguro cubría fallecimiento, invalidez absoluta y invalidez permanente.