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Contenidos recomendados por Amparo Sisternes

Amparo Sisternes 07/06/16 08:22
Ha respondido al tema Preguntas frecuentes de la declaración de la Renta 2015 (IRPF campaña año 2016)
Buenos días Javi, tendrás que hacerlo con el programa RENTA WEB y si que puedes hacerla conjunta ya que el resultado os sale mejor. Si la hacéis conjunta tienes que poner la hipoteca al 100% y tus ingresos como rendimientos del trabajo. El importe de la pensión absoluta no tribuya: No se tiene que tributar en IRPF por las cantidades obtenidas por una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez obtenidas por la Seguridad Social. Saludos, 
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Amparo Sisternes 02/06/16 07:22
Ha respondido al tema ¿Es deducible el gasto por defensa jurídica de un juicio contra el INSS por una prestación por maternidad?
Buenos días Mary, los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, se pueden deducir con el límite de 300 euros anuales siempre que sean debidos a procedimientos de despido, extinción de contrato o reclamaciones de cantidad derivadas de la relación laboral en vía judicial. Por lo que comentas, tu caso no es este, así que creo que no se pueden deducir. Tiene que haber un litigio y ser una defensa jurídica laboral. Me parece que lo has consultado en otro foro y esta no ha sido la respuesta que te han dado. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal o lo consultes directamente con tu abogado. Saludos, 
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Amparo Sisternes 30/05/16 04:54
Ha respondido al tema Victoria Gold, minera oro muy alcista
¿Y qué opináis de Barrick Gold con la reciente compra de Soros? George Soros ha comprado una participación de 264 millones de dólares y pasa a controlar el 1,7% de la empresa más importante en extracción de oro. Otra de las estrategias de Soros ha sido reducido un 37% sus inversiones en renta variable de EEUU. ¿Cómo estáis posicionado ahora mismo en oro vosotros? Saludos, 
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Amparo Sisternes 16/05/16 12:27
Ha comentado en el artículo ¿Cómo tributan los derechos de suscripción preferente en la Declaración de la Renta?
Buenas tardes, los derechos de suscripción si se han vendido a mercado tributan en el ejercicio donde se vendan las acciones que han generado estos derechos minorando el precio de adquisición; si en el ejercicio 2015 no has vendido estas acciones no tienes que incluir nada. Ten en cuenta que la fiscalidad de los derechos de suscripción preferente cambia el próximo año. Respecto a la plusvlalía / minusvalía patrimonial generada por la venta de acciones, se tributa el año en que se vende. Si las has vendido en 2016, tributa en la Declaración de la Renta de 2016. Saludos,
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Amparo Sisternes 02/05/16 04:56
Ha comentado en el artículo Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024
Buenos días, aunque ya hubieras aplicado la reducción por movilidad geográfica en otros años, si en 2014 y 2015 tenías derecho podías volver a aplicarla. Al no haber aplicado la reducción en el ejercicio pasado, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal ya que tendrías que modificarla para poder aplicarla en esta Declaración de la Renta de 2015 si se cumplen los 3 requisitos: Haber estado inscrito en la oficina de empleo. Si que lo cumples. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual. Si que lo cumples. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio. Tienes que ver como lo acreditas, con la fecha de la compra de la vivienda en 2014, el mismo mes que el cambio de trabajo, empadronamiento... o cualquier otra documentación. Saludos,
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Amparo Sisternes 18/04/16 10:40
Ha comentado en el artículo Declaración de la Renta 2023 - 2024: ¿cómo tributan los pagos del FOGASA?
Buenos días, si todo el importe que has percibido ha sido el dictado en la sentencia judicial ya que existe un litigio sobre el derecho a percibir esas retribuciones, tienes que incluirlo como rendimientos del trabajo en la Renta de 2015. Si parte de estos salarios vienen dados por el acuerdo llegado en la empresa, sin existir litigio tendrías que hacer una declaración complementaria por el importe. Saludos,
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Amparo Sisternes 14/04/16 04:03
Ha comentado en el artículo Fiscalidad de los CFDs
Así es, en la operativa con CFDs la fiscalidad en la Declaración de la Renta se haría tal como comentas. Saludos,
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