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Torben

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Torben 04/06/15 18:48
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
He cobrado también. los meses de suplicio quedan atrás. Mi agradecimiento y mis mejores deseos para los compañeros de Interdin (no puedo llamarles simplemente trabajadores, ellos estaban y están tan presionados o más que nosotros y han sabido mantener el buen hacer e incluso subirnos la moral cuando estábamos hundidos, ni una palabra de depresión o frustración hemos oído ninguno de nosotros en las múltiples llamadas que hemos hecho para preguntar por nuestro dinero), igualmente deseo lo mejor para aquellos que todavía no han cobrado. Desde mi humilde posición intenté seguir y propuse una estrategia, con la colaboración del departamento legal de Interdín, estrategia que al final, afortunadamente, no ha sido eficiente ni necesaria; pido excusas a quien, confiando en mí, presentara el escrito que incorpore a este foro, es lo que había en ese momento. Espero y deseo que todo aquel que todavía no haya recuperado su dinero, que lo recupere en breve, estoy seguro de que así será, pues mi caso era complicado y sin embargo ya se ha resuelto; y a los compañeros de Interdin les brindo mi más sincero apoyo si finalmente se deciden a continuar el trabajo en una nueva sociedad de valores, hay veces que las situaciones que se ven negras, poco a poco se vuelven radiantes y me gustaría que esta nueva empresa que inician les diera muchas alegrías en un futuro no muy lejano. Gracias y hasta siempre.
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Torben 07/05/15 17:26
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Creo que te han contestado ya, Interdín tiene presentado preconcurso de acreedores, que, según parece tiene un plazo de 3 meses para llegar a un acuerdo con los acreedores, el plazo parece que termina el 20 de junio, si llegara ese plazo y no hubiera presentado concurso voluntario, podríamos instar nosotros el concurso, antes no.
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Torben 07/05/15 14:07
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
En cuanto a la actuación de Asinver me parece muy positivo la solicitud que ha hecho a la CNMV de acelerar el pago por el FOGAIN, respecto a la denuncia ante la fiscalía, prefiero no pronunciarme sin conocer el texto, si bien, es difícil que siga adelante la denuncia mientras que las declaraciones del Admin. concursal en el sentido de impedir la individualización de la cuenta de Interdín, no se concreten en un documento oficial, es decir, denegando a Interdín o a los clientes de Interdín su derecho a ser considerados clientes y depositarios de BM y me temo que las medidas tomadas para que solo puedan subir la documentación los cientes reconocidos por el AC van en ese sentido de evitar que aportemos nuestra documentación como clientes; en otros concursos, la documentación se remite por email al AC, aquí hay que pedir las claves por email y sólo si tienes las claves puedes subir la documentación; si se hubiera producido o se produjera un documento de denegación de la condición de depositario-acreedor a nombre de un cliente de Interdín, se podría ampliar la denuncia por delito de prevaricación (dictar resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia).
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Torben 07/05/15 07:28
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Por si alguien pensaba presentar el escrito que hice hace unos días, no hace falta que lo presente, no sirve para nada, si se presenta no le darán curso legal, lo único que sirve es lo que dijo el compañero Miguel_n hace unos días, hay que subir la documentación a la página de la administración concursal de BM, pero para ello hace falta unas claves que hay que solicitar por email, pero cuando las solicitas, como no estás en la lista de acreedores de BM no te las mandan, creo que ha sido Miguel_n quien ha comentado que los burofax también los rechazan, no sé si enviando una carta certificada donde te sellen en correos copia del contenido sirva para algo; acabo de hablar con Interdín y me han dicho que es cierto que se ha ampliado el plazo para presentar la documentación en BM hasta el 16 de Mayo, y que no tienen ninguna novedad, por lo que no queda otra que esperar acontecimientos.
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Torben 02/05/15 10:27
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
El juez tendrá que decidir, pero Interdín también, lo que queremos saber es hasta donde va a mantener esa postura, más que ellos la CNMV que es quien tiene intervenida a Interdín; saber si se va a esperar a que decida el Juez, saber si se va a apelar la decisión del Juez, etc., por eso,digo de pedir un calendario de actuaciones a Interdín (que vendrá consultado a la CNMV pues ellos no hacen nada sin que la CNMV les autorice); conoces tan bien como yo la "rapídez" que se dan los jueces para estas cosas, decirte si esa decisión va a durar 15 días o tres meses, es imposible.
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Torben 02/05/15 05:52
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Buenos días a todos, los movimientos realizados la semana pasada por la propia Interdín, así como por distintos clientes de Interdín, tanto en redes sociales como ante los administradores de BM, han hecho que el administrador principal haya manifestado su intención de no individualizar la cuenta conjunta; ahora, creo que toca que Interdín se pronuncie sobre lo que va a hacer, si va a seguir adelante con la solicitud de individualización de cuentas hasta que el Juez decida, o si abandona esta vía, y procede a iniciar el concurso de acreedores, lo que nos abriría las puertas al FOGAIN; creo que es conveniente solicitarles un nuevo comunicado que nos aclare su postura; por mi parte, voy a enviar un email solicitando dicho comunicado, y con lo que me contesten, tomaré decisiones, creo que no estaría mal que fuéramos más clientes quienes solicitásemos a Interdín que nos saque de la duda y nos comunique sus intenciones claramente y si puede ser con un calendario de actuaciones. Respecto al escrito, tendrá su utilidad o no dependiendo de la decisión de Interdín sobre si va a continuar intentando la individualización. Hay que tener presente que personarse en un concurso contra BM, no impide personarse en otro contra Interdín, ni impide renunciar a la personación cuando se quiera, es un mero escrito de personación, y no condiciona nada, pero sí proteje derechos en el -ahora mismo improbable- caso de que se admitiera la individualización de cuentas. De todas formas, ya digo, que le toca mover a Interdín, y según lo que decida, veremos que podemos hacer; de momento, otro compás de espera hasta martes o miércoles, aunque me gustaría que el mismo lunes nos ponga un comunicado con sus intenciones.
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Torben 29/04/15 13:56
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Buenas tardes, he hablado con la Responsable de dicho departamento jurídico, le pedí que me mandara el nº de la cuenta omnibus en banco de madrid y que corrigiera o ampliara lo que considerara oportuno del escrito modelo de personación que ayer copié aquí y esta mañana me ha contestado por email, quien quiera presentar el citado escrito es preferible que añada el número de cuenta que figura en el email pues es la cuenta donde están sus fondos: P. G. 10:49 (hace 7 horas) Buenos días Francisco, En primer lugar, muchas gracias por su escrito. Por otro lado, no tengo ninguna corrección al mismo y, atendiendo a su solicitud, comentarle que el número de cuenta es ES14 00590025310060142072. Por otro lado, comentarle que lamentablemente no puedo remitirle el escrito presentado por Interdin antes los Administradores Consursales pues, contienen datos de clientes y, por Protección de Datos, no se lo puedo remitir. Disculpe este extremo. Por otro lado, ayer le envié la argumentación que seguimos para la individualización de la cuenta pero creo que no le ha llegado (le adjunto el correo). Como podrá ver en el mismo, la argumentación seguida es: A individualizar, al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 70 ter.3 c) de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores –en el que, de manera expresa, se reconoce a los clientes de las empresas de servicios de inversión el derecho de propiedad sobre los fondos entregados a tales entidades, incluso cuando éstos se materialicen en activos a nombre de las entidades y por cuenta de clientes–, el referido saldo por cuenta de clientes, conforme al detalle que se adjunta a la presente carta como Anexo 1. La pronta individualización de dicho saldo es de vital importancia para una correcta identificación de todos los titulares de depósitos dinerarios de Banco Madrid, a los efectos de que, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito garantice a los clientes de Interdin el saldo de sus posiciones hasta el límite máximo de 100.000 euros. Un saludo y muchas gracias por su colaboración. P. G. R. Responsable de Legal y Cumplimiento Normativo
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Torben 28/04/15 14:50
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
La solicitud de individualización no se ha contestado, ni creo que se vaya a contestar; si Interdín se conformara y aceptara que está en situación de quiebra, tendríamos abierta la vía del FOGAIN, pero Interdín quiere sobrevivir, y mientras esté abierta la posibilidad de la individualización, la va a mantener, porque esa es su supervivencia; nosotros estamos en medio de dos posturas enfrentadas; la CNMV que no quiere comerse el marrón y apoya en lo posible la postura de Interdín y los administradores concursales que se han encontrado con una bonita cuenta de 22 millones y les viene muy bien para cuadrar las cuentas, dado que les han escamoteado el edificio, las Sicav y los Fondos; pero en medio de todo eso , está el Juez, y lo que busca el escrito es que tenga que pronunciarse el Juez, pues él es que tiene que decidir si somos o no clientes de Banco de Madrid por virtud del citado art. 70 de la Ley del Mercado de valores; si el Juez decide que no somos clientes y no acepta la personación, Interdín no tendrá más remedio que convertir el preconcurso presentado en concurso y entonces se abre la vía del FOGAIN, si el Juez acepta que somos clientes y acepta la personación, por fuerza tendrá que indemnizarnos el Fondo Gral de Depósitos; lo que busca el escrito es desbloquear la situación.
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Torben 28/04/15 14:36
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
He intentado subirlo como imagen, pero como está en Word no lo acepta, a la noche o mañana intentaré subirlo al grupo de Facebook donde me apunté anoche, ahora sólo es para mostrar lo que dice, prefiero esperar a mañana a ver si me contesta el departamento jurídico de Interdín. suerte: AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº UNO DE MADRID: D. con DNI nº y domicilio en ,como mejor proceda me persono en el Procedimiento de Concurso Ordinario de Acreedores 203/2015 seguido ante ese Juzgado, con el fin de que mis derechos como cliente y acreedor sean tenidos en cuenta, y a tal efecto comparezco ante el Juzgado al que me dirijo y DIGO: Que como documento número Uno acompaño copia de mi DNI; como documento número Dos acompaño copia del contrato de apertura de cuenta con la Sociedad de Valores “INTERDIN BOLSA SOCIEDAD DE VALORES S.V. S.A.” (en adelante Interdín). Que conforme a la certificación de saldo que acompaño como Documento número Tres, tengo depositada en la cuenta nº de dicha entidad la cantidad de euros. Que en el momento en que la entidad BANCO DE MADRID S.A.U. presenta la solicitud de declaración de concurso, Interdín mantenía una cuenta omnibus abierta en dicho banco bajo el nombre de “Interdín Saldo de Clientes” que aglutinaba todos los saldos de los más de 6.000 clientes que Interdín tenía en ese momento y que ha quedado bloqueada forzando a que tanto Interdín como sus clientes no puedan ejercer su actividad ni puedan disponer de dichos fondos. Que Interdín pertenece 100% a Banco de Madrid, tal y como figura en los balances de ambas entidades y se reconoce en su página web: Interdin pertenece 100% a Banco Madrid, filial del Grupo Banca Privada d’Andorra (BPA), grupo bancario de capital 100% andorrano con una sólida trayectoria avalada por más de 50 años de experiencia en el sector financiero. Que debo explicar porqué se me debe considerar cliente y acreedor de Banco de Madrid: la legislación es clara al determinar que “los clientes de la entidad (Interdín) mantendrán el derecho de propiedad sobre los fondos entregados a la entidad incluso cuando estos se materialicen en activos a nombre de la entidad y por cuenta de clientes”. Que simplemente el nombre de la cuenta ya dice que el dinero que tenía Interdín en Banco de Madrid era el de sus clientes, y esa es la forma de actuar de toda agencia o sociedad de valores que opera en España; considerar que ese dinero que tenía depositado Interdín no es de sus clientes es absurdo, y si, mis fondos entregados a la entidad se han materializado en un activo a nombre de la entidad y por cuenta de clientes –como la cuenta que Interdín tiene abierta en Banco de Madrid bajo el nombre de “Interdín Saldo de Clientes”-, siempre tendré el derecho de propiedad sobre dichos fondos porque me lo reconoce la ley , y en consecuencia se me debe tratar como cliente individual de Banco de Madrid, producto de la obligada individualización de dicha cuenta ómnibus en cuentas individuales de cada cliente, y en consecuencia otorgarme la protección que el Fondo General de Depósitos otorga a todos los clientes de Banco de Madrid S.A.U. FUNDAMENTOS DE DERECHO I.- Art. 23-2º y art. 31-2º de la L.E.C. respecto a la no obligación de comparecer, de momento, con abogado y procurador, dado que el objeto de este escrito es solamente personarse como cliente y acreedor de Banco Madrid S.A.U. dentro del plazo de un mes contado desde la publicación del Auto de Declaración de Concurso de Acreedores, con el fin de no verme perjudicado en mis derechos de propiedad sobre fondos que están en poder de Banco de Madrid S.A.U. II.- Conforme al art. 10 de la LC es competente el Juzgado al que me dirijo. III.- Conforme al art. 70 ter. 3. c) 2º párrafo in fine de la Ley del Mercado de Valores: “los clientes de la entidad mantendrán el derecho de propiedad sobre los fondos entregados a la entidad incluso cuando estos se materialicen en activos a nombre de la entidad y por cuenta de clientes”. Derecho de propiedad que obliga a individualizar la cuenta global o cuenta Omnibus que Interdín mantenía en su matriz Banco de Madrid a nombre de sus clientes, concediendo a estos el estatus de cliente de Banco de Madrid. En su virtud, SUPLICO AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO UNO DE MADRID, acepte este escrito con sus copias y me tenga por personado como cliente y acreedor de Banco de Madrid en el Procedimiento Concursal 203/2015, y siguiendo sus trámites, se me conceda la protección del Fondo General de Depósitos al efecto de reintegrarme el saldo que tengo integrado en la cuenta ómnibus que la sociedad de valores Interdín tiene abierta en Banco de Madrid bajo el nombre de “Interdín Saldo de Clientes” que conforme a la Ley del Mercado de Valores pertenece individualmente a sus clientes que siempre mantendrán el derecho de propiedad sobre dichos fondos, que por tanto deben ser individualizados. Es justicia que pido en Madrid a de mayo de dos mil quince.
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Torben 28/04/15 14:27
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Ya tengo hecho el escrito, se lo he enviado al departamento jurídico de Interdín por si precisa alguna aportación o revisión, por lo que, aunque lo voy a intentar copiar a continuación, no es preciso presentarlo hasta el 9 de mayo (mejor presentarlo antes, sobre todo si se va a hacer por correo); yo lo presentaré por via administrativa, es decir, iré con original y 3 copias a Correos con el sobre abierto para que me sellen mi copia antes de enviarlo certificado y cerrar el sobre con las 3 copias. Tal y como dice el escrito, hay que adjuntar copia del D.N.I., la certificación del saldo que nos envió Interdín y el contrato de apertura de cuenta si lo tenemos (supongo que sí), si no, lo borramos de los documentos citados en el escrito. La dirección para enviarlo por correo (él que pueda que lo presente en persona) es: Juzgado de lo Mercantil número Uno de Madrid, Calle Gran Vía 52, Madrid 28013. Es conveniente que todos nos demos cuenta de la importancia que tiene personarse ante el Juzgado, pues el Juez ha dado publicidad al Auto de Declaración de Concurso de Acreedores a través del BOE para que se enteren todos los posibles acreedores, después del día 9 de mayo nuestro derecho puede verse disminuido; por eso Interdín va a presentar una personación a nombre de los más de seis mil clientes con base en la representación conferida al firmar el contrato de apertura de cuenta, pero esa representación puede ser discutida, es preferible personarse en nuestro propio nombre, si hay error nos darán un plazo para subsanarlo, pero si no se presenta no hay lugar posterior para subsanación (otra cosa es que nos digan que no tenemos derecho a considerarnos clientes de Banco de Madrid, entonces no queda otra que el concurso de acreedores de Interdín, pero para eso faltan meses, y éste es el trámite que corresponde ahora). Por todo ello os ruego que se lo hagáis llegar a cuantos más clientes mejor. En cuanto a la pregunta que se me hace sobre si considero reclamable el perjuicio sufrido por la obligación de cerrar las posiciones abiertas, os rogaría a todos que os deis cuenta que no puedo convertir esto en un foro de consultas; dicho esto, contestaré diciendo que es reclamable tanto la indemnización por daños y perjuicios como el lucro cesante (la ganancia no obtenida por imponer dicha obligación) pero, primero: tienes que probarlo, para ello, tienes que contratar procurador, abogado, y un perito que valore la pérdida sufrida y la ganancia dejada de obtener; segundo: evidentemente, eso no basta, hay que probar que la orden de cierre de posiciones fue contraria a ley, y ahí tenemos a la CNMV que fue quien amparó la medida; no conozco la legislación aplicable pero no me imagino a la CNMV pillándose los dedos; luego hay que estudiar si tienes que ir por lo civil o por lo contencioso, dado que hay un organismo público detrás, en definitiva, es un caso que hay que estudiar, y que ningún abogado de España puede darte la solución desde principio, pues es la primera vez que esto sucede. En otro mensaje pongo el escrito.
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Torben 28/04/15 08:06
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Soy cliente de Interdin y soy abogado. Acabo de hablar con el departamento jurídico de Interdín, me dicen que están preparando una personación en el concurso de acreedores de Banco Madrid en nombre de cada uno de los clientes de Interdín, derivada de la representación conferida a través del contrato que firmamos al abrir la cuenta (no he leído esa parte del contrato e ignoro el alcance de tal poder de representación, lo que me han dicho es que es una actuación consensuada con la CNMV). También he ofrecido la posibilidad de redactar yo un escrito de personación que no necesita firma de procurador ni de abogado, para que quien quiera pueda rellenarlo y enviarlo al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid, me han dicho que no sólo no entorpecería su labor sino que les ayudaría que varios cientos de nosotros presentáramos ese documento. Esta tarde si puedo y si no, mañana, veré la forma de adjuntar dicho escrito a un mensaje, para subirlo aquí y que quien quiera que se lo descargue y lo presente. Si alguien sabe como subir un documento de ese tipo a esta página o a otra que me conteste, pues ahora tengo que salir y lo veré por la tarde. Saludos a todos y por favor, centremos este foro en aportar noticias y posibles soluciones y evitemos las cuestiones personales. Gracias.
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Torben 06/04/15 06:36
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Gracias por contestar. Vi hace unos días la página de esfera capital y no presentaba rebajas en las garantías para operar intradía en los futuros del Dax y del Bund, sin embargo, veo que ahora si permite trabajar intradía con la mitad de las garantías. A ver si encontramos, o alguien conoce, otro broker que pida menos garantías para trabajar con esos futuros tal y como hacía Interdín, si no, tendré que abrir una cuenta con esfera.
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Torben 04/04/15 15:14
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Buenas tardes, ya he pegado esta pregunta en otro foro, lo coloco aquí también pues veo que se mueve más y que ya se ha tratado el tema de sustituir interdin; yo también tengo cuenta con interdin y estoy buscando broker; en mi caso lo que me motivó a entrar con Interdín fue el hecho de que las garantías que se aportaban para trabajar en Intradía con los futuros del Eurex eran la cuarta parte de las exigidas para abrir un futuro en el Dax o en el Bund; un futuro en el Bund, que exigen 2.260 euros de garantías para abrirlo, sólo hacia falta operar con 570 euros de garantía si lo cerrabas antes de las 21,30 h.; ¿Conocéis algún broker que permita operar en intradía con garantías rebajadas? Gracias.
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Torben 04/04/15 15:09
Ha respondido al tema Buscando broker para sustituir Interdin
Buenas tardes, yo también tengo cuenta con interdin y estoy buscando broker; en mi caso lo que me motivó a entrar con Interdín fue el hecho de que las garantías que se aportaban para trabajar en Intradía con los futuros del Eurex eran la cuarta parte de las exigidas para abrir un futuro en el Dax o en el Bund; un futuro en el Bund, que exigen 2.260 euros de garantías para abrirlo, sólo hacia falta operar con 560 euros de garantía si lo cerrabas antes de las 21,30 h.; ¿Conocéis algún broker que permita operar en intradía con garantías rebajadas? Gracias.
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