Compañeros, acabo de hacer una consulta con un abogado y me comenta dos cosas: los intereses de demora se pueden solicitar y se puede interponer una demanda colectiva cuando se superan los 50 afectados por daños y perjuicios similares contra la misma entidad
A mí me surge la misma duda. ¿Sería aplicable el interés de demora a nuestro caso? Nosotros no somos la Agencia Tributaria. Si alguien conoce la legislación aplicable a este aspecto, que lo indique.
A mí también me ha llegado y estoy bastante contento. Esperaré ese mes que tienen para actuar y, si no lo hacen, acudiré a la vía judicial. Eso sí, con la ventaja de un peritaje gratis del BDE.
Mi impresión es que están intentando alargar la cosa, de tal manera que desistamos en su momento de emprender acciones legales. Respecto al dictamen del Banco de España no es vinculante, pero tiene valor pericial. Yo personalmente tuve un problema con una aseguradora que se llama Alianza Española y la Dirección Gral de Seguros me dio la razón. Tras ello, rectifi-caron y se allanaron
No responder a las alegaciones de Renault Bank no es un error. Si lo fuera, en la atención telefónica del Banco de España (cuando efectué la consulta) ya me lo hubieran advertido. Evidentemente, el cuerpo nos pide contestar a toda la palabrería sin sentido de Renault Bank y por supuesto, el hecho de no responder a sus alegaciones, en ningún momento significa un desistimiento de la reclamación. De todas maneras, yo no soy quien para calificar las actuaciones de cada uno. Que cada uno haga lo que estime conveniente con toda la información que se vaya aportando en el foro.
Buenas tardes compañeros:Tras recibir las alegaciones de Renault Bank, he llamado al BDE y me indican que no va a incidir negativamente en su informe el hecho de no responder a las alegaciones de Renault. Son conscientes de que la respuesta de la entidad es genérica y de que sólo han variado ciertos datos. Esto es algo que según me informan sí van a tener en cuenta.
Se supone que si nos diera la razón el BDE, la entidad se allanaría inmediatamente al dictamen porque tiene valor pericial. Si no lo hace, ya sería cuestión de buscar un abogado y hacer una demanda colectiva pidiendo daños y perjuicios porque al fin y al cabo te están secuestrando tu dinero
He recibido una comunicación del Banco de España tras haber realizado la reclamación y me piden que adjunte "el contrato de depósito" y yo sólo encuentro la información precontractual. Como ese contrato creo que es genérico, sin datos, alguno de vosotros me lo podría remitir a mi correo: [email protected]. Gracias por anticipado
Muy buenas a todos: Ayer me respondieron que proceden a atender mi solicitud de resolución y en el párrafo siguiente, me dicen que a la finalización de mis imposiciones que mantengo vigentes, estas no serán renovadas y el importe será transferido a mi cuenta contigo.He llamado al Banco de España y, tras explicarles lo sucedido, me han aconsejado que les remita la reclamación sin más dilación.Yo creo que los de renault bank están siendo cortoplacistas. No se dan cuenta de las consecuencias que va a tener su actitud. Pensarán que nos van a fidelizar así como clientes...Por cierto, la chica del BDE que me atendió, me dijo que no hiciera valoración económica, que me limitara a la resolución. Y que la decisión del Banco de España tiene valor pericial de cara a un posterior procedimiento judicial.