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Pablotare

Se registró el 05/12/2011
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Pablotare 13/06/17 11:09
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Pues sinceramente me parece increible que decisiones puras de negocio y decisiones de calado que afectan a la rentabilidad final de los accionistas inversores no se decidan por "mayorías" (aquí ya podríamos discutir que mayoría sería necesaria y tal). Yo ya os digo, estoy en 5 proyectos, afortunadamente con cantidades pequeñas y excedentes, y la verdad es que no me pillan más. No se puede ser así de poco serios para obtener al final un mísero 2% o 3% neto. El riesgo e incertidumbre que etán haciendo asumir a los accionistas no merece la pena ni de lejos. Yo estoy pendiente de que disolvamos Santa Ana que se supone que se ha vendido. Ánimo con ese proyecto. Por cierto, ¿No deberían aplicaros el famoso 3% ese que han puesto para los periodos muertos en que tardan en hacer trámites y operaciones? Será como todo... donde dije digo digo Diego y ala...
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Pablotare 18/05/17 06:11
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Sí, la sensación es que cuantos más pasos, trámites, actuaciones, juntas... resulta beneficioso para todos menos para el inversor particular.
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Pablotare 18/05/17 04:58
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Esto es otra mentira, se puede hacer todo en el mismo acto y devolver aportaciones más rendimientos de la inversión. No lo harán para duplicar los gastos de gestorías, notarías y auxiliares a su "negocio" inmobiliario. Las sociedades se liquidan cuando los accionistas quieren, no cuando imponen ellos...
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Pablotare 12/05/17 08:02
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Hola,, Nos ponemos en contacto contigo para informarte del resultado de la votación de la Junta General Extraordinaria de socios de la sociedad Proyecto Housers 0004 S.L. que ha tenido lugar en la reunión celebrada el 11 de mayo de 2017 en la calle Alcalá 44, planta 6, 28014 Madrid, en la que han estado presentes o debidamente representados un número de socios que representan el 72,81% del capital social. Se han aprobado los siguientes acuerdos, por las mayorías que se indican a  continuación:  1.         Autorización para la venta de un inmueble que constituye activo esencial para la sociedad Proyecto Housers 0004 S.L. (Santa Ana).  El presente acuerdo se aprueba con el voto favorable del 53,53% de los socios presentes o debidamente representados en la Junta, representando un 38,97% del total de los votos correspondientes a las participaciones en que se divide el capital social. 2.         Delegación de facultades en el Administrador de la compañía para formalizar, subsanar, interpretar y ejecutar los acuerdos que adopte la Junta General. El presente acuerdo se aprueba con el voto favorable del 56,05% de los socios presentes o debidamente representados en la Junta, representando un 40,81% del total de los votos correspondientes a las participaciones en que se divide el capital social. Si tienes alguna duda estaremos encantados de poder ayudarte y facilitarte el asesoramiento e información que necesites en [email protected] o en el teléfono +34 911 930 730. Un saludo, Antonio Brusola Valls. Administrador Único.
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Pablotare 04/05/17 04:15
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
De acuerdo contigo. Si tengo un rato hoy voy a buscar las consultas tributarias en la base de datos y te comento impresiones. A ver que se decide y en función de eso habrá que plantear la renta a presentar.
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Pablotare 03/05/17 11:24
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Ojo con el tema de la deducción y la conveniencia o no de votar a favor de vender Santa Ana. Yo he votado vender por la pérdida de confianza total en Housers. En mi opinión la cuestión fiscal no será decisiva. Parto de la base de que por mucho que el año pasado nos emitiesen certificado estamos ante una deducción que nos hemos metido que no nos corresponde por no cumplir los requisitos. El hecho de que ellos presentasen (bajo su ignorancia) un modelo 165 y nos emitiesen certificado podríamos decir que es un requisito mínimo, pero en mi opinión no suficiente para aplicarla. LA actividad de todas las sociedades de Housers es la misma, que es la "gestión de un patrimonio inmobiliario" por lo que si para 2016 y el resto de proyectos no es aplicable, para Santa Ana en el 2015 está mal aplicada. Lo que ya me parece el colmo es que ante esta pregunta en su cuenta de correo de "soporte" te digan que 2015 ya está... lo cual es mentira porque Hacienda tiene 4 años para revisarlo, cuestión que les comento en mi contestación y ellos "me lo confirman". Vamos que no se si es que no tienen ni pajolera idea o lo que es peor van de listos engañando a propósito. Por ello compañeros, mi opinión es que tenemos dos escenarios (más allá de la venta o no venta): - Callarnos y esperar los cuatro años por si pasan sin regularizarnos. Si no nos pillan y aguantamois 36 meses la inversión escenaio perfecto ya que habrá plusvalía y deducción aplicada. - Regularizar voluntariamente con la venta del inmueble. Habrá que ingresar voluntariamente el montante de la deducción más probablemente unos intereses. - Que nos pille Hacienda dentro de los 4 años y nos caiga el montante deducido, más la sanción del 50% (mínimo) más intereses de demora. Una vez analizado estos casos y con todavía dos meses enteros para presentar la renta mi opinión es vender, y regularizar la deducción del año pasado en la renta de este año (si se aprueba antes de 30 de junio) y no saber nada más de Housers, por la inseguridad/engaño/opacidad que supone invertir con ellos.    
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Pablotare 20/04/17 11:26
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Exactamente igual. Parada hasta los últimos días del año. Edito mensaje para la última contestación:   "Hola,   Efectivamente como indicas, cualquier rendimiento puede ser revisado durante 4 años.    Si tienes alguna duda estaremos encantados de poder ayudarte y facilitarte la información que necesites en  [email protected] o en el teléfono  +34 911 930 730."   Un saludo, Atención al Inversor
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Pablotare 20/04/17 11:10
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Efectivamente, a mi me han dado las siguientes contestaciones echando balones fuera: "Hola,   Tras diversas reuniones mantenidas con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y como consecuencia de la interpretación que la misma hace en relación con el concepto de actividad económica en el marco del artículo 68 de la LIRPF, nos ha informado que en base a las características de los proyectos presentados en la web de Housers, los usuarios que hayan invertido una cantidad en ellos y hayan pasado a formar parte del capital social de las compañías promotoras de los proyectos no podrán acogerse a la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación contemplada en el artículo 68 de la LIRPF.   Por lo tanto, al no tener una respuesta positiva por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se ha optado por no presentar el modelo 165 de la oportunidad a la que haces referencia."   Les he repreguntado por el año 2015 donde nos hemos aplicado la de Santa Ana y me contestan la siguiente inexactitud de nuevo: (Obivamente si el criterio es el que se nos pueden regularizar en los 4 años siguientes...)   "Hola,   Te informamos de que las deducciones presentadas en 2015 si no han tenido ningún tipo de requerimiento, no afecta de ninguna manera.    Un saludo,"  Vamos, que no saben por donde les vienen en cuestiones fiscales. Les he contestado diciendo que por favor no opinen ni publiciten temas que no dominan para no engañar/confundir/meter en un problema a los clientes. Pero bueno un poco lo dicho, demasiado en pañales HOUSERS todavía.
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Pablotare 20/04/17 08:11
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Muchas gracias por la info. Yo la verdad hace ya año y pico que no meto más y simplemente me dedico a sacar los rendimientos mes a mes. Hay continuos incumplimientos de sus propias promesas (el famoso mercado secundario de compra-venta, foros caídos en cuanto la gente ha empezado a rascar en los proyectos y para silenciar quejas... deducciones e interpretraciones fiscales que vienen y van). En fin, nada que no sepáis los que estáis dentro. Respecto a la deducción fiscal os pego el artículo con los requisitos, tiene pinta que es que no se cumple el apartado 2º letra b) por tratarse de una actividad de gestión de un patrimonio inmobiliario. Me genera dudas la remisión al artículo de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio donde creo que un edificio alquilado si se entiende actividad económica. Tiene pinta de que se han columpiado el año pasado con su asesor fiscal temerario o simplemente que ha sido mala fe para captar fondos más rápido. El artículo de la Ley de IRPF es el 68.1 establece estos requisitos: "2.º La entidad cuyas acciones o participaciones se adquieran deberá cumplir los siguientes requisitos:   a) Revestir la forma de Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima Laboral o Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral, en los términos previstos en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y en la Ley 4/1997, de 24 de marzo, de Sociedades Laborales, y no estar admitida a negociación en ningún mercado organizado. Este requisito deberá cumplirse durante todos los años de tenencia de la acción o participación. b) Ejercer una actividad económica que cuente con los medios personales y materiales para el desarrollo de la misma. En particular, no podrá tener por actividad la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario a que se refiere el artículo 4.8.Dos.a) de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, en ninguno de los períodos impositivos de la entidad concluidos con anterioridad a la transmisión de la participación. c) El importe de la cifra de los fondos propios de la entidad no podrá ser superior a 400.000 euros en el inicio del período impositivo de la misma en que el contribuyente adquiera las acciones o participaciones. Cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas, el importe de los fondos propios se referirá al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo       3.º A efectos de aplicar lo dispuesto en el apartado 1.º anterior deberán cumplirse las siguientes condiciones: a) Las acciones o participaciones en la entidad deberán adquirirse por el contribuyente bien en el momento de la constitución de aquélla o mediante ampliación de capital efectuada en los tres años siguientes a dicha constitución y permanecer en su patrimonio por un plazo superior a tres años e inferior a doce años. b) La participación directa o indirecta del contribuyente, junto con la que posean en la misma entidad su cónyuge o cualquier persona unida al contribuyente por parentesco, en línea recta o colateral, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado incluido, no puede ser, durante ningún día de los años naturales de tenencia de la participación, superior al 40 por ciento del capital social de la entidad o de sus derechos de voto. c) Que no se trate de acciones o participaciones en una entidad a través de la cual se ejerza la misma actividad que se venía ejerciendo anteriormente mediante otra titularidad. (...)
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Pablotare 19/04/17 12:57
Ha respondido al tema Housers: ¿alguna experiencia?
Hola. ¿Cómo sabes que no emitirán el certificado? ¿Ha habido alguna comunicación al respecto? No entiendo, el año pasado yo pude aplicarlo en uno de los primeros proyectos y salvo error u omisión por mi parte nada ha cambiado en la norma ni en la estructura de la inversión. ¿Sabes algo más? Como bien dices es un punto muy negativo que pesa bastante sobre el atractivo de la inversión. Muchas gracias. Saludo  
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Pablotare 17/11/16 08:27
Ha respondido al tema Lingotes especiales (LGT)
Buenas a todos: Me parece muy interesante este hilo del sector de componentes de automoción. Veo que no incluís en la terna a Dominion o a NBI Bearing (está da un poco más de miedo por ser MAB) Cómo las veis? ¿Si tuvieseis que escoger una para diversificar cartera ¿Cuál recomendaríais?
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Pablotare 11/08/15 10:55
Ha respondido al tema Starbucks (SBUX)
La verdad es que es una compañía súper atractiva con una tendencia fuere. Donde situaríais un precio atractivo de entrada viendo lo floja que esta estos días?
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Pablotare 06/08/15 08:27
Ha respondido al tema Michael Kors
Gran noticia por fin a ver si esto nos permite despegar y coger un cierto margen sobre nuestros precios de entrada para los que hemos confiado en el "peor" momento y que se invierta por fin la tendencia. Está cotizando a un PER bajísimo.
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Pablotare 29/07/15 08:35
Ha respondido al tema Michael Kors
6 de agosto presenta KORS resultado del primer trimestre de este ejercicio 2016. ¿Puede ser el comienzo del giro? Tenéis alguna información sobre por donde pueden ir los tiros? Parece buen momento para entrar por debajo de 40 $
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Pablotare 16/05/15 18:59
Ha respondido al tema Michael Kors
Puede ser un buen momento para tomar posicIones antes de los resultados no?
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Pablotare 04/04/15 18:17
Ha comentado en el artículo Flowserve Corp (FLS)
Ante estos números espectaculares que ha pasado para la caída de cotizacion sufrida? Malas previsiones?
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Pablotare 12/09/14 11:54
Ha respondido al tema Neuron del MAB
Antes de la ampliación de capital se hablaba de un valor objetivo de 6 Euros que era básicamente el valor de los activos y tal, ahora bien, los resultados de la Compañía a día de hoy, son inexistentes, es un tema de paciencia. Saludos
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Pablotare 12/09/14 11:52
Ha respondido al tema Arcelor Mittal (MTS)
Compañeros, me subo al carro en 11 casi pelados, creo que tenemos un fuerte potencial por delante, vamos nada que no sepáis los más expertos del Foro. Os seguiré diariamente, gracias por vuestras aportaciones. Saludos
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