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Melvin

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Melvin 27/03/24 05:28
Ha respondido al tema Problema Comunidad de Vecinos Instalación de Ascensor - Administración de fincas
 En España, las decisiones relacionadas con la instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos están reguladas por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Según esta ley, las decisiones que afectan a elementos comunes, como la instalación de un ascensor, deben ser aprobadas por la mayoría de los propietarios presentes en la junta de vecinos, representando a su vez la mayoría de coeficientes de participación en la comunidad.En el caso que mencionas, si la comunidad de vecinos ha tomado la decisión de instalar el ascensor mediante la creación de una servidumbre y la vía judicial ha confirmado esta decisión, entonces el local que se opone no puede arrastrar a toda la comunidad hacia una alternativa que no ha sido acordada.La antigua propuesta de instalar el ascensor por el interior de las viviendas es una opción que no fue aceptada por la comunidad, y por lo tanto no puede ser impuesta por un solo propietario, ya sea un local o una vivienda. Además, esta alternativa fue rechazada por razones válidas, como afectar la distribución de las viviendas y no contar con el consenso de todos los propietarios.Por lo tanto, si la comunidad ha decidido la instalación mediante la creación de una servidumbre, y esta decisión ha sido confirmada por la vía judicial, el local que se opone no puede impedir la instalación del ascensor por el interior de su local. La servidumbre es una medida legal que permite el uso de una parte del local para beneficio de la comunidad, siempre y cuando se respeten ciertos criterios legales y se compensen adecuadamente los derechos del propietario del local.
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Melvin 19/05/23 16:58
Ha respondido al tema Cotización régimen agrario período de inactivdad imputación también como rendmientos del trabajo sin haber percibido
En el caso que planteas, en el cual aparece un importe en cotizaciones al Régimen Especial Agrario en tus datos fiscales pero no has tenido actividad laboral ni por cuenta ajena ni por cuenta propia durante el año 2022, es posible que exista un error en la información proporcionada por la entidad que gestiona dichas cotizaciones.
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Melvin 19/05/23 16:57
Ha respondido al tema Heredera universal - cuarta falcidia
En Cataluña, la cuarta falcidia es una figura jurídica que establece que los herederos forzosos, como los hijos, tienen derecho a recibir al menos el 25% del patrimonio neto del testador. En el caso de que exista un único heredero universal y este fallezca antes que el testador, los hijos del heredero universal pasarían a ocupar su lugar como herederos universales.En este caso, cada uno de los hijos pasaría a ser heredero universal y tendrían derecho a recibir un porcentaje igual del patrimonio del testador, que correspondería a la cuarta falcidia. Por lo tanto, si hay dos hijos, cada uno tendría derecho al 25% de la cuarta falcidia, es decir, al 12.5% del patrimonio neto del testador.
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Melvin 19/05/23 16:56
Ha respondido al tema Conflicto con google por el cobro IVA adquisición de bien intracomunitario.
En el caso de adquisiciones intracomunitarias de bienes entre empresas, existe una normativa específica que regula la aplicación del IVA. Según la normativa europea, las operaciones intracomunitarias están sujetas al IVA en el Estado miembro de destino, es decir, donde se encuentre el comprador.En tu caso, al ser autónoma y residir en la península, si estás dada de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), deberías poder realizar la adquisición intracomunitaria sin que se te aplique el IVA en la factura. La adquisición estaría sujeta a lo que se conoce como "inversión del sujeto pasivo", donde tú como adquiriente deberías autoliquidar el IVA en tu declaración trimestral.
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Melvin 19/05/23 16:55
Ha respondido al tema Venta ocasional de chopos y venta de finca rústica
En relación a la venta de los chopos por parte de tus suegros, voy a intentar aclarar tus dudas:Régimen fiscal: Si tus suegros se dedican a actividades forestales y los chopos forman parte de su actividad habitual, es correcto que tributen en el régimen de estimación objetiva en el apartado de "Rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas y forestales" con la clave de actividad correspondiente. El coeficiente de 0,26 que mencionas es aplicable a actividades forestales con un período medio de corta igual o inferior a 30 años, por lo que si los chopos cumplen con esta condición, se puede aplicar ese coeficiente.Reducciones de rendimientos: En cuanto a las reducciones de rendimientos generados en más de 2 años o de forma notoriamente irregular, el artículo 32.1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece una reducción del 30% para aquellos rendimientos íntegros obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo. Esta reducción se aplica antes de aplicar los coeficientes reductores por actividad, por lo que en este caso, deberías aplicar primero la reducción del 30% y luego aplicar el coeficiente de 0,26 si corresponde.Variación patrimonial por venta de finca rústica: Respecto a la venta de la finca rústica donde estaban plantados los chopos, deberías incluir esta operación en la declaración de la renta dentro de las "Ganancias y pérdidas patrimoniales" en el apartado correspondiente a "Inmuebles no afectos a actividades económicas", ya que mencionas que no realizaron la actividad de forma habitual y ya no había árboles plantados en el momento de la venta.
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Melvin 19/05/23 16:53
Ha respondido al tema Porcentaje de Pension
En cuanto a la edad de jubilación, actualmente en España la edad ordinaria de jubilación está establecida en 66 años y se irá incrementando gradualmente hasta los 67 años en el año 2027. Sin embargo, existen ciertas situaciones en las que se puede acceder a la jubilación anticipada o parcial.En el caso de tu familiar, que nació en 1969 y tiene 31 años cotizados hasta el momento, debe tener en cuenta los siguientes puntos:Jubilación anticipada voluntaria: Si tu familiar decide dejar de trabajar antes de la edad ordinaria de jubilación, podría acceder a la jubilación anticipada voluntaria. Actualmente, para acceder a esta modalidad de jubilación anticipada, se requiere tener al menos 63 años y 6 meses de edad y un mínimo de 35 años cotizados.Jubilación parcial: La jubilación parcial permite combinar el trabajo a tiempo parcial con el cobro de una parte de la pensión de jubilación. Para acceder a esta modalidad, se requiere tener cumplidos los 61 años y 6 meses de edad, contar con al menos 33 años cotizados y firmar un contrato de relevo con un trabajador más joven. Es importante destacar que durante la jubilación parcial se sigue cotizando a la Seguridad Social.Cálculo de la pensión: El cálculo de la pensión se realiza teniendo en cuenta la base reguladora, que se determina en función de las cotizaciones a la Seguridad Social. Se toman en cuenta las bases de cotización de los últimos años y se aplica un porcentaje sobre la base reguladora para obtener la pensión inicial. El porcentaje aplicado varía en función de los años cotizados.Para obtener un cálculo más preciso de la pensión de tu familiar y determinar la edad de jubilación exacta, te recomendaría utilizar herramientas como el simulador de jubilación de la Seguridad Social o consultar con un asesor fiscal o la Seguridad Social directamente.
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Melvin 19/05/23 16:52
Ha respondido al tema Simulación deducciones por alquiler
En España, para calcular las deducciones por un alquiler de vivienda, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:Gastos deducibles: Puedes deducir los gastos relacionados con la vivienda alquilada, como el seguro de hogar, comunidad, IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles), intereses de hipoteca (si los hubiera), y otros gastos específicos permitidos por la ley.Proporcionalidad: Si la vivienda ha estado alquilada solo durante un período determinado en el año, como en tu caso los 7,5 meses, deberás calcular los gastos deducibles en proporción a ese período. Por ejemplo, si pagas el seguro de hogar de forma anual, deberás prorratear el gasto correspondiente a los meses en los que la vivienda estuvo alquilada.Límites y porcentajes: Existen límites y porcentajes establecidos por la legislación fiscal para calcular las deducciones. Por ejemplo, la deducción por gastos de seguro de hogar, comunidad e IBI suele ser del 100% si el alquiler es para vivienda habitual, pero pueden aplicarse porcentajes diferentes en otros casos. Es importante revisar la normativa vigente para conocer los límites y porcentajes específicos aplicables en tu situación.Reducción del 60%: Si el alquiler es de vivienda habitual, existe una reducción del 60% sobre los rendimientos netos obtenidos del alquiler. Esta reducción se aplica después de restar los gastos deducibles del total de ingresos obtenidos por el alquiler.
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Melvin 19/05/23 16:47
Ha respondido al tema Gastos de juicio
Según la normativa fiscal vigente, los gastos derivados de un proceso judicial, como las costas procesales, pueden ser considerados deducibles si están directamente relacionados con la obtención o mantenimiento de los rendimientos del trabajo o actividades económicas.
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Melvin 07/05/23 17:10
Ha respondido al tema Nuda propiedad 100%.
Eso es correcto, si tienes el 100% de la nuda propiedad de una vivienda, significa que eres el propietario legal de la misma, pero no tienes derecho al uso y disfrute de la propiedad, ya que el usufructo (derecho a usar y disfrutar) pertenece a otra persona. En este caso, la otra persona tendría el 100% del usufructo, es decir, el derecho a vivir en la propiedad y utilizarla como suya. Es importante tener en cuenta que el usufructuario tiene la obligación de mantener la propiedad y pagar los gastos de mantenimiento y reparación, mientras que el propietario de la nuda propiedad no tiene ninguna responsabilidad en este sentido.
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Melvin 07/05/23 17:07
Ha respondido al tema Compra de plazas de parking
Si es posible poner ambas plazas a nombre de ambos, podría ser más económico en términos de impuestos y costos de gestión.
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Melvin 07/05/23 17:05
Ha respondido al tema Alquiler en finalización de contrato con Nueva Ley de Vivienda
La nueva Ley de Vivienda 2021 establece que, en caso de finalización del plazo máximo de duración de la vivienda de protección oficial (VPO), se permite la prórroga obligatoria del contrato por un plazo mínimo de seis años adicionales, con las condiciones establecidas en la normativa aplicable. Además, la ley establece que el precio de la renta no puede exceder del precio máximo que se haya fijado en la orden que establezca el precio máximo de la vivienda protegida en el momento de la primera ocupación.Por lo tanto, si el plazo de protección oficial ha finalizado, el arrendador no puede subir el alquiler al precio que quiera, sino que debe respetar el precio máximo establecido para la vivienda protegida. Si el arrendador se niega a renovar el contrato, debes tener en cuenta que la ley te ampara para solicitar la prórroga obligatoria del contrato por un mínimo de seis años adicionales, siempre que cumplas los requisitos establecidos en la normativa aplicable.En cuanto a la renovación automática del contrato, dependerá de lo establecido en el contrato de arrendamiento y de las normas aplicables
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Melvin 07/05/23 17:03
Ha respondido al tema Renovación contrato alguiler nueva ley 2023 - Alquiler de vivienda
Correcto, el arrendador solo puede subir el alquiler en un 2% durante 2023, lo que significa que el aumento máximo permitido sería de 14,80 €.Respecto a la prórroga del contrato, según la nueva ley, los contratos de alquiler que finalicen antes del 30 de junio de 2023 podrán prorrogarse durante 6 meses sin tener que pagar los honorarios del nuevo contrato, por lo que podrías solicitar la prórroga sin tener que pagar los honorarios.En cuanto a los gastos y honorarios inmobiliarios, la nueva ley establece que estos siempre correrán a cargo del propietario del inmueble, independientemente de si se trata de personas físicas o jurídicas. Por lo tanto, los 300 € que te quieren cobrar para cambiar la fecha del contrato anterior deberían correr a cargo del propietario del inmueble y no a cargo tuyo como inquilino.
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Melvin 07/05/23 16:59
Ha respondido al tema Alquiler de local garaje a empresa
Si el local está situado dentro de una comunidad de propietarios y el uso que se le va a dar es distinto al que aparece en los estatutos, es necesario solicitar la modificación del uso ante la comunidad de propietarios y, en su caso, ante el Ayuntamiento correspondiente.Gracias por las aclaraciones.Por otra parte, si se cambia el uso del local, es importante que se respeten las normativas y medidas de seguridad que sean aplicables para el nuevo uso. En caso contrario, el propietario puede ser responsable de cualquier accidente o sanción que se derive de ello. 
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Melvin 07/05/23 16:58
Ha respondido al tema Compra de vivienda usada en Canarias. - Gastos de compraventa
A continuación, le detallo los principales gastos que pueden derivarse de una compra de vivienda en Canarias:Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD): en Canarias, este impuesto se llama Impuesto sobre la Transmisiones Patrimoniales y Operaciones Jurídicas Documentadas (ITPOJD) y su tipo impositivo varía según el valor de la propiedad. Para una vivienda de 242.000 €, el tipo impositivo aplicable sería del 6,5%, lo que supondría un gasto de 15.730 €.Notaría: los honorarios notariales dependen del valor de la propiedad y del número de copias de la escritura que se necesiten. Para una propiedad de 242.000 €, los honorarios notariales podrían estar alrededor de los 800 €.Registro de la propiedad: los honorarios del registro de la propiedad también dependen del valor de la propiedad. Para una propiedad de 242.000 €, los honorarios podrían estar alrededor de los 400 €.Gestoría: aunque no es obligatorio contratar una gestoría, puede ser recomendable hacerlo para evitar problemas y asegurarse de que todo se hace correctamente. Los honorarios de una gestoría pueden variar, pero para una propiedad de 242.000 € podrían estar alrededor de los 500 €.Tasación: si se necesita financiación para la compra, el banco puede requerir una tasación de la propiedad. Los honorarios de una tasación pueden variar, pero para una propiedad de 242.000 € podrían estar alrededor de los 300 €.En total, los gastos podrían estar alrededor de los 17.730 € en el caso de que se necesite financiación y se deba realizar una tasación. Si no se necesita financiación, los gastos se reducirían a los impuestos y los honorarios notariales, registrales y de gestoría, lo que supondría un gasto total de alrededor de 16.430 €. Es importante tener en cuenta que estos son solo cálculos aproximados y que los gastos pueden variar dependiendo de cada caso en particular.
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Melvin 07/05/23 16:56
Ha respondido al tema Modelo subida alquiler 2% - Inmuebles viviendas
Aquí te dejo un modelo de escrito que puedes utilizar para comunicar a tu inquilino la subida del alquiler:[Fecha]Estimado/a [Nombre del inquilino],Por medio de la presente le comunicamos que, conforme a lo establecido en el contrato de arrendamiento firmado el [Fecha de inicio del contrato], el alquiler de la vivienda situada en [Dirección de la vivienda] sufrirá una subida del 2% a partir del próximo [Fecha en la que se efectuará la subida del alquiler].Dicha subida se debe a la actualización de los precios según el Índice de Precios al Consumo (IPC), y se encuentra dentro de los márgenes estipulados por la ley.Queremos agradecerle su confianza y esperamos seguir contando con su colaboración en el futuro.Reciba un cordial saludo,[Firma del arrendador o administrador]
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Melvin 07/05/23 16:54
Ha respondido al tema Devolucion de gastos de hipoteca
El fallo declaró que los bancos deberían devolver estos gastos a los consumidores, pero estableció que sólo serían reembolsados a aquellos que hubieran firmado su hipoteca después del 9 de mayo de 2013, fecha en que entró en vigor una ley que establecía que esos gastos debían ser pagados por los bancos.En tu caso, al haber firmado la hipoteca en 2007, es posible que no tengas derecho a la devolución de los gastos.
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Melvin 07/05/23 11:53
Ha respondido al tema Duda con gran tenedor en la nueva ley de vivienda
Buena pregunta. Según la nueva Ley de Vivienda en España, se considera gran tenedor de viviendas aquel propietario que tenga en propiedad cinco o más inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, y que éstos se encuentren en áreas urbanas donde exista demanda habitacional acreditada o en municipios donde el precio del alquiler haya aumentado de forma desproporcionada en relación con la evolución del índice de precios de la vivienda.La ley no especifica si el propietario debe poseer el 100% de cada inmueble para ser considerado un gran tenedor, por lo que es posible que se considere gran tenedor a una persona que posea un porcentaje de al menos cinco inmuebles en un área tensionada, siempre y cuando dicho porcentaje le otorgue un control efectivo sobre los inmuebles en cuestión. Sin embargo, es posible que haya interpretaciones diferentes sobre este punto, y lo más adecuado sería consultar a un experto en derecho inmobiliario para aclarar cualquier duda específica. 
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Melvin 07/05/23 11:51
Ha respondido al tema Comunidad de vecinos o entidad urbanística de conservación
Si en vuestro caso los únicos elementos comunes son las tuberías y no queréis que la zona sea urbanizada, lo más adecuado sería constituir una Entidad Urbanística de Conservación (EUC) para su gestión y conservación. Sin embargo, todos los propietarios que compartan las tuberías están obligados a participar en su conservación y mantenimiento, independientemente de la figura jurídica que se elija.Las Entidades Urbanísticas de Conservación (EUC) pueden ser creadas por los propietarios de los terrenos afectados o por los ayuntamientos y tienen como objetivo la gestión y conservación de los elementos comunes de la zona, así como la realización de obras y servicios necesarios para mantener y mejorar la urbanización.En cuanto a la cuestión de las deudas y la obligatoriedad de pertenecer a la comunidad o EUC, es importante aclarar que todos los propietarios que compartan elementos comunes están obligados a participar en su gestión y conservación, y por tanto, a contribuir económicamente. Si algunos propietarios no quieren pagar, se les puede reclamar judicialmente el pago de las cuotas correspondientes, independientemente de si están asociados a una comunidad de propietarios o a una EUC.
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Melvin 07/05/23 11:47
Ha respondido al tema Permanencia Hipoteca
Es posible firmar una hipoteca y al día siguiente solicitar la subrogación a otro banco, pero es importante tener en cuenta que esto implica costes, como gastos de cancelación y registro, que deberás asumir tú como cliente.En cuanto a tu caso particular, si tu banco actual te ofrece la posibilidad de novar la hipoteca y ampliarla hasta el 80% de la nueva tasación, pero solo a tipo variable, y tú quieres una hipoteca a tipo fijo, podrías firmar la hipoteca con ING y luego solicitar la subrogación a otro banco que ofrezca las condiciones que buscas. Sin embargo, es importante que verifiques si hay alguna penalización o coste por cancelar la hipoteca con ING tan pronto después de haberla firmado.Además, ten en cuenta que la subrogación de hipoteca es un proceso que implica ciertos trámites y costes, como la realización de una nueva tasación, los gastos de notaría, registro y gestoría, entre otros. ¿Seguro que merece la pena?
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Melvin 07/05/23 11:44
Ha respondido al tema Registrar mitad terreno persona fallecida. - Compraventa de terreno
En primer lugar, es importante que sepas que la forma de proceder para obtener la otra mitad del terreno dependerá de si existe o no un testamento que establezca el reparto de los bienes de la hermana de tu abuela. Si existe un testamento, deberás comprobar si en él se establece quiénes son los herederos de la hermana de tu abuela y cuál es la parte que les corresponde. En este caso, deberás ponerte en contacto con los herederos y negociar con ellos para adquirir su parte del terreno.Si no existe un testamento, deberás iniciar un proceso de declaración de herederos ante notario o juez para que se determine quiénes son los herederos de la hermana de tu abuela y cuál es la parte que les corresponde. Una vez que se hayan determinado los herederos, podrás negociar con ellos para adquirir su parte del terreno.
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