Ha respondido al tema Problema Comunidad de Vecinos Instalación de Ascensor - Administración de fincas
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En España, las decisiones relacionadas con la instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos están reguladas por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Según esta ley, las decisiones que afectan a elementos comunes, como la instalación de un ascensor, deben ser aprobadas por la mayoría de los propietarios presentes en la junta de vecinos, representando a su vez la mayoría de coeficientes de participación en la comunidad.En el caso que mencionas, si la comunidad de vecinos ha tomado la decisión de instalar el ascensor mediante la creación de una servidumbre y la vía judicial ha confirmado esta decisión, entonces el local que se opone no puede arrastrar a toda la comunidad hacia una alternativa que no ha sido acordada.La antigua propuesta de instalar el ascensor por el interior de las viviendas es una opción que no fue aceptada por la comunidad, y por lo tanto no puede ser impuesta por un solo propietario, ya sea un local o una vivienda. Además, esta alternativa fue rechazada por razones válidas, como afectar la distribución de las viviendas y no contar con el consenso de todos los propietarios.Por lo tanto, si la comunidad ha decidido la instalación mediante la creación de una servidumbre, y esta decisión ha sido confirmada por la vía judicial, el local que se opone no puede impedir la instalación del ascensor por el interior de su local. La servidumbre es una medida legal que permite el uso de una parte del local para beneficio de la comunidad, siempre y cuando se respeten ciertos criterios legales y se compensen adecuadamente los derechos del propietario del local.