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Kapito1

Se registró el 20/05/2018
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Kapito1 24/05/18 05:04
Ha respondido al tema Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins
Gracias por tu respuesta. He hablado con el ministerio de economía hace unos días y te comparto la información que me han facilitado: -El 720 no tengo que rellenarlo porque no supero los 50.000€ (y aun superando esa cifra, si se compran criptomonedas es como si ya dejarías de tener fiat fuera de España) -El D6 sí tengo que rellenarlo, pero por unas acciones de degiro -Para el ministerio de economía, las criptomonedas aun NO ESTÁN REGULADAS (frase tal cual que me dijeron por teléfono). Eso quiere decir que si tienes 1 BTC o 50 BTC (o cualquier moneda) no consta como dinero fuera de España. Por más que tenga un valor monetario equivalente en euros. -En todo caso, si en algún momento se genera plus o minusvalía por el cambio de esas monedas a fiat, eso sí que se debe informar a hacienda, ya que está sujeto a retenciones (que ningún exchange, por ahora, informará a hacienda).   En resumen: -Mantener criptomonedas, hacer trading entre ellas y no pasar a fiat nunca en el transcurso del año, implica que no hay que hacer el 720 ni el D6. En el momento de cerrar todas las operaciones y pasar finalmente a fiat, se informa a hacienda de los cambios de patrimonio, y si el dinero vuelve a España antes de diciembre, tampoco hace falta 720 ni D6. -Si se compran criptomonedas a principios o mediados de año y se venden antes de diciembre, y se pasan a banco español, tampoco (símil al punto 1). Sólo se declararía en hacienda los cambios de patrimonio. -Si se compran criptomonedas y hay dinero en la "wallet en euros" del exchange a 31 de diciembre, entiendo que sí se tiene que rellenar D6 y 720 (si aplica), porque eso ya es fiat en una empresa extranjera.   Un saludo.
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Kapito1 21/05/18 08:57
Ha comentado en el artículo Fiscalidad de criptomonedas en España [2024] | Guía completa
Muchas gracia Luis Angel. Aprovecho para aportar una información a cualquiera que le pueda interesar: Como bien dices, se puede presentar el D6 sin penalización, me lo han confirmado en el Ministerio de Economía. También me han comentado, en cuanto a las criptomonedas, que no están reguladas como tal. Por lo tanto, no hace falta incluir nada en el D6 en relación a ellas. Entiendo por los comentarios del ministerio y los tuyos, que sólo se deben tributar a hacienda aquellas operaciones cerradas de compra-venta, tanto de acciones como de criptomonedas. Gracias nuevamente por la rápida respuesta. Un saludo.
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Kapito1 21/05/18 04:30
Ha comentado en el artículo ¿Qué es y cómo rellenar el modelo D6?
Hola Xelo, gracias por tu respuesta y el link al otro hilo. Por tener entonces acciones (en mi caso tanto de la bolsa española como estadounidense) y dinero en efectivo en la cartera de DeGiro, tengo que presentar este modelo, correcto? He comprado en 2017, y realizado apenas 3 ventas, con pérdidas. Actualmente mantengo el resto de acciones. Soy un inversor amateur, con apenas unos ~700€ invertidos en total, no llego a los 50.000€, tengo alguna excepción o tengo que presentarlo sí o sí? (fuera de plazo, claro está...). Gracias. Un saludo.
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Kapito1 21/05/18 03:50
Ha respondido al tema Modelo 720, casa de cambio para compra de Bitcoins
Hola TaxTax. Gracias por tu respuesta. En mi caso, no supero los 50000€, por lo que el modelo 720 no aplica. Eso sí, he hecho unas compras en coinbase, pero sólo he vendido una vez, a un precio inferior, y ha sido una pequeña parte de las monedas. Te quería preguntar lo siguiente: -El hecho de pasar dinero de mi cuenta bancaria al exchange (coinbase), supone alguna obligación en la declaración de la renta? -Entiendo que por esa venta, al generar una minusvalía, tengo que incluirla. -El resto de las monedas que tengo, las transferí a otro exchange para diversificar (binance), pero no tengo nada de fiat ahora, en ninguno de los dos exchanges. Hasta que no pase a fiat no tengo que declarar nada, no? -Tengo que presentar el modelo D6? Las cryptomonedas no son acciones, empresas ni nada, lo que me temo es que el hecho de poner el fiat en coinbase me suponga una obligación de presentar ese modelo... Y estamos a Mayo, por lo que implicaría una sanción a mi contra (honestamente, esa multa sería casi la mitad de la inversión, unos 300€, poca broma...)   Espero que puedas aclararme estas pequeñas dudas. Muchas gracias. Un saludo.
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Kapito1 21/05/18 03:40
Ha comentado en el artículo Fiscalidad de criptomonedas en España [2024] | Guía completa
Hola Amparo. Luego de leer esta entrada, la guía de rankia para hacer la declaración y tus comentarios tengo las ideas un poco revoltosas. Te comento mi situación y espero que me puedas ayudar con algún comentario: Durante diciembre he comprado diferentes monedas, no necesariamente bitcoins, también ethereum y litecoins, en el portal coinbase. Digamos que los compré cuando fue el boom del año pasado, a un precio que le llamaré X. Me arrepentí a los pocos días, y vendí una parte, a un precio 0.8X. Luego volví a cambiar de opinión a los días sucesivos y compré otra vez, al precio 0.8X. Pero actualmente no hice más operaciones, me llevé las monedas a un exchange virtual (binance), donde tengo actualmente un portfolio con más monedas. Mi duda es la siguiente: -Como el único movimiento en mi patrimonio (euros) ha sido esa venta que hice a precio bajo, en el año pasado he tenido una minusvalía. Creo que es lo que tengo que declarar en mi caso. Es correcto? -Entiendo que por tener monedas en un exchange virtual, no tengo ganancias ni pérdidas, ni algo que se asemeje a dividendos. No tengo que declarar nada, correcto? El valor en euros de las monedas varía, mucho, por lo que creo que hasta que no vuelva a pasar las monedas a coinbase y venderlas por euros, no tengo que declarar nada. -He visto (bastante tarde parece...) que hay un modelo D6, con el cual se debe informar al ministerio de economía de nuestro patrimonio en el extranjero (antes del 31 de enero). Pasar dinero de mi cuenta bancaria a coinbase (empresa radicada en USA, pero con cuentas en europa) se ha de informar en este modelo? Soy un inversor amateur, apenas tengo unas pocas monedas diversificadas, que no superan los 1000€ a la hora de la adquisición. Muchas gracias de antemano.
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Kapito1 20/05/18 10:48
Ha respondido al tema DeGiro - Duda declaración renta y entrega modelos
Hola. Soy nuevo en el foro y en el tema de las inversiones. Tengo una cartera muy pequeña, que me hice durante el año pasado en degiro, con un valor de 720€ (que ingresé directamente en la cuenta para comprar acciones), y el total que constaba a fin del 2017 en el informe degiro eran unos 715€. Evidentemente estoy jugando en una liga muy inferior, y para colmo he tenido perdidas durante ese transcurso. He obtenido unos pocos dividendos, tanto por acciones españolas como alguna extranjera, pero a fin de cuentas, desde que abrí la cuenta hasta fin de 2017 tuve esos 5€ de pérdida. He ido a hacienda personalmente para la cita previa, y el buen hombre que me atendió me dijo literalmente, que por 5€ de pérdidas que no declare nada... En el ordenador no le aparecía información de mi cartera ni nada. Pero viendo los foros, parece ser que a pesar de todo tengo que declarar que he percibido dividendos (ya encontré que las casillas 27 y 553 son para tal efecto). Lo que no veo es dónde poner que he perdido dinero por compra-venta de acciones (en algunas ventas he ganado y en otras he perdido). También parece ser que hay un modelo D6 que tendría que haber presentado en enero, por tener acciones extranjeras, pero nadie me avisó, y como es lógico ahora tengo miedo si tengo que pagar encima de más alguna multa por malapraxis...... ¿Alguien me echa una mano o me dice dónde me podría asesorar? Muchas gracias.
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