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Jesus Martin Sanz

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Jesus Martin Sanz 11/04/21 05:43
Ha respondido al tema Opiniones cursos bolsa "CML Bolsa"
Yo empecé a seguirles en Radio la temporada 2020 y 2021 desde el crash de 2020 y mire su web, donde desde el 2016 salía un +16% anual de media anual, hoy más del 20%. Tengo entendido que sus cursos valen 4000€, si a eso le añade que la mayoría de la gente de YouTube y radio vive de dar cursos, de los que hay avalanchas de publicidad en momentos de grandes caídas y subidas de bolsas, y estos además son caros, seria para olvidarse. Viendo que la rentabilidad histórica de la bolsa a largo plazo y diversificado es del 7-8% anual y este sistema de acuerdo a comentarios anteriores va negativo, además de que te obliga a trabajar casi todos los dias en el sistema, y no a casi nada como el que mantiene una cartera, el coste oportunidad estamos perdiendo tiempo, y ese 7-8% anual además Me da risa cuando dicen que si cerrarían sus posiciones abiertas, y habla del BBVA a 18€ cuando ahora está a 3€ que aún asi ganarían mucho dinero pero no dice que %, eso es como preguntar el consumo de un coche a alguien, y que te diga que le echa 20€ cada 3 semanas, y eso es el consumo. No Litros cada 100 kms. Viendo que sus cursos cuestan 4000€, lo que es raro que no haya gente que los ha hecho despotricando sobre ellos y diciendo lo que decís por internet, como si les hicieran firmar un contrato para no hablar de ellos. O eso o que de verdad funcionan, y no quieren que se den a conocer. Últimamente están con que van a emiratos árabes a dar los cursos, como que son la panacea 🙂Que en el programa no atiendan preguntas ni siquiera por mensajes de los oyentes, y que den recomendaciones sin decir que si la operación no sale esa operación, te puedes quedar abierto como con el BBVA en 18€ es una temeridad.  
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Jesus Martin Sanz 12/05/15 04:50
Ha respondido al tema ¿Alquilar un local propio 2 hermanos. Crear comunidad de Bienes para solo entregar IVA trimestral del inquilino?
Olvidaba si estamos en el epigrafe de arrendamiento de inmuebles (Epígrafes 861.1 u 861.2), si no, no podriamos entregar el IVA. Me he dado cuenta que claro el alquiler que nos pagan si es un ingreso, y claro supera los 3000€ al año, la verdad es que el local lo heredamos con el alquiler de mi madre y mi madre como persona fisica no entregaba el 184, solo estaba dada de alta en el epigrafe 861.2 para entregar ese IVA y luego hacer la renta. Al pasar a nosotros pensamos que solo tendriamos que hacer lo mismo pero tener un NIF a nombre de la comunidad de Bienes, y no conociamos que habia que entregar el 184, por eso te queria preguntar: 1) Desde que año es obligatorio o existe el 184 2) No lo hemos presentado, y ya estamos en campaña de Renta!!! los inquilinos de la tienda si lo han entregado supongo y nos han pasado el certificado de Retenciones, por lo que no sabemos que si porque ellos lo presentaron con sus retenciones, aparecera la retención en nuestros datos fiscales al pedirlos, y si en renta al presentarla declarando los 2 hermanos la mitad de los ingresos del alquiler, y las retenciones ect... Nos multaran por aparecer de primeras sin haber presentado el 184, y sin ellos saberlo, y si nos llamaran seguro. 3) La multa por no presentarlo el 184 he leido por los Foros de 150-200€, y que si se presenta sin que te lo reclamen se reduce a la mitad, y no se si presentarlo ya que es inutil ya que estamos en campaña de Renta, y solo valdria para que se den cuenta y me multen, no se si al presentar la Renta se dan cuenta seguro. 4) Otra cosa que no he caido mi comunidad de vecinos es pequeña y el año pasado lleve yo la administracion, hubo una factura a una empresa constructora grande, solo una pero de 20.000€ de una retención de una obra de años anteriores cuando no habia que presentar ningún modelo informativo, pero claro lleva fecha 2014, cada propietario la pago desde su cuenta personal, y no desde la de la comunidad, era el primer año que habia que presentar el modelo 347 y declararla y no lo sabia, y ahora veo que las multas van de 300-20.000€ medidas a evitar el dinero negro de las comunidades, aunque se pago por cuenta bancaria no en negro, no fue desde la de la comunidad, y la verdad no se que hacer ahora si presentar el 347 fuera de plazo, callarme... solo es una factura y se hablan de multas de 20e€ por cada moviemiento, pero creo que empiezan en 300€, aunque no se si se presenta sin que te lo pidan se quedaria en 150€.
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Jesus Martin Sanz 12/05/15 04:45
Ha respondido al tema ¿Es obligatorio crear una Comunidad de Bienes solo para entregar el IVA de una pequeña tienda alquilada?
Perdona si tienes razon, si esta en el epigrafe de arrendamiento de inmuebles, si no, no podriamos entregar el IVA. Me he dado cuenta que claro el alquiler que nos pagan si es un ingreso, y claro supera los 3000€ al año, la verdad es que el local lo heredamos con el alquiler de mi madre y mi madre como persona fisica no entregaba el 184, solo estaba dada de alta en el epigrafe 861.2 para entregar ese IVA y luego hacer la renta. Al pasar a nosotros pensamos que solo tendriamos que hacer lo mismo pero tener un NIF a nombre de la comunidad de Bienes, y no conociamos que habia que entregar el 184, por eso te queria preguntar: 1) Desde que año es obligatorio o existe el 184 2) No lo hemos presentado, y ya estamos en campaña de Renta!!! los inquilinos de la tienda si lo han entregado supongo y nos han pasado el certificado de Retenciones, por lo que no sabemos que si porque ellos lo presentaron con sus retenciones, aparecera la retención en nuestros datos fiscales al pedirlos, y si en renta al presentarla declarando los 2 hermanos la mitad de los ingresos del alquiler, y las retenciones ect... Nos multaran por aparecer de primeras sin haber presentado el 184, y sin ellos saberlo, y si nos llamaran seguro. 3) La multa por no presentarlo el 184 he leido por los Foros de 150-200€, y que si se presenta sin que te lo reclamen se reduce a la mitad, y no se si presentarlo ya que es inutil ya que estamos en campaña de Renta, y solo valdria para que se den cuenta y me multen, no se si al presentar la Renta se dan cuenta seguro. 4) Otra cosa que no he caido mi comunidad de vecinos es pequeña y el año pasado lleve yo la administracion, hubo una factura a una empresa constructora grande, solo una pero de 20.000€ de una retención de una obra de años anteriores cuando no habia que presentar ningún modelo informativo, pero claro lleva fecha 2014, cada propietario la pago desde su cuenta personal, y no desde la de la comunidad, era el primer año que habia que presentar el modelo 347 y declararla y no lo sabia, y ahora veo que las multas van de 300-20.000€ medidas a evitar el dinero negro de las comunidades, aunque se pago por cuenta bancaria no en negro, no fue desde la de la comunidad, y la verdad no se que hacer ahora si presentar el 347 fuera de plazo, callarme... solo es una factura y se hablan de multas de 20e€ por cada moviemiento, pero creo que empiezan en 300€, aunque no se si se presenta sin que te lo pidan se quedaria en 150€.
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Jesus Martin Sanz 11/05/15 16:59
Ha respondido al tema ¿Es obligatorio crear una Comunidad de Bienes solo para entregar el IVA de una pequeña tienda alquilada?
Gracias por contestar tan rapidamente, según deduzco: 1) Del local que tenemos alquilado al inquilino via CB. IBI y cuotas de comunidad son siempre deducibles en renta aunque NO se pagaran desde cuentas de la comunidad de bienes, si no desde la cuentas de los propietarios. 2) IVA más complicado a no ser que te hagan una factura de tu parte alicuota. Y lo que tengo más duda: Hablais mucho del modelo 184, y queria saber si es obligatorio presentarlo: "No están obligadas a presentarlo las entidades en atribución de rentas mediante las que no se ejerzan actividades económicas y cuyas rentas no excedan de 3.000 euros anuales" A) Recibir un alquiler es una actividad economica? si no se esta dado de alta en ningun epigrafe del IAE si que hay las retenciones (las que entrega la tienda) e ingresos a cuenta soportados (el alquiler) B) Comuneros son 2 al 50% c) "Los datos consignados en el Modelo 184 AEAT serán utilizados por la Agencia Tributaria para confeccionar el borrador de la declaración de la Renta" ¿¿YO NO HE HECHO EL 184??? y ahora que me puede pasar , lo puedo presentar aún? tendre problemas con el borrador?
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Jesus Martin Sanz 11/05/15 11:27
Ha respondido al tema ¿Es obligatorio crear una Comunidad de Bienes solo para entregar el IVA de una pequeña tienda alquilada?
Hola muchas gracias, me siguen quedando dudas años despues, tampoco se si cambio la legislación: 1) Para temas de IVA esta claro que los recibos mensuales del alquiler de la tienda al inquilino, los emito a nombre de la comunidad de Bienes, y recibo los alquileres de la tienda en una cuenta a nombre de la comunidad de Bienes, desde esta cuenta entrego el IVA trimestral via telematica con certificado dela casa de la moneda a nombre del NIF de la comunidad de Bienes, y recibo en el recibo del alquiler de la tienda tambien lo expide con su IVA la comunidad de Bienes. Una pregunta nueva que me surge, es si los recibos de la comunidad de vecinos que son del local alquilado hasta ahora los paguo de mi cuenta bancaria personal, si me los puedo poner como gastos en la Declaracion de la renta, ya que en esta renta, vendran mis ingresos del alquiler, por los que cotizare, y los gastos de comunidad van a cargo del propietario del local que no es la comunidad de Bienes sino que soy yo con un hermano, que hacemos nuestra renta, si pagaremos en renta por el alquiler de ese local, tambien nos los podriamos poner como gasto, o el recibo de la comunidad tendria que ir a nombre de la comunidad de Bienes, a pesar que no figura como propietaria del local alquilado ¿¿?? tal y como figura en el documento de constitución no se aportan ni capital ni propiedades, ya que su único fin es tener un CIF para gestionar el IVA trimestral, recibir y emitir facturas, y el alquiler, osea la administración del alquiler de la tienda. a) En resumidas cuentas, los recibos de la comunidad, se deben de cobrar en la cuenta de la comunidad de propietarios, para que se puedan poner como gasto en la Renta, o al seguir el local a nuestro nombre en registro el local no es necesario. b) los recibos de los gastos de la comunidad no llevan IVA claro esta no? 2) Lo mismo con el IBI, nos lo podemos poner como gasto del local alquilado, aunque se haya cobrado en nuestra cuenta personal, insisto el local sigue en registro a nombre de los 2 hermanos no de la comunidad de Bienes, por eso, se cobra en nuestra cuenta no en la de la comunidad de Bienes ¿Nos lopodemos poner como gasto? 3) Resumiendo entiendo que una factura que tiene IVA, tanto las que emites como las que recibes vayan a nombre de la comunidad de Bienes, para desgrabartelas, entregar o compensar el IVA, ¿Pero un recibo de comunidad o un IBI? se podria cobrar en la cuenta de los propietarios y nos lo podiamos poner como gasto en Renta? ACLARAR QUE EN INTERNET NO HAY INFORMACION DE ESTO A PESAR DE QUE EL 90% DE LOS LOCALES DE HERMANOS ALQUILADOS FIGURAN COMO COMUNIDAD DE BIENES, TODA LA INFORMACION DE INTERNET VIENE ORIENTADA A SI TU GESTIONAS O TU ERES EL QUE ALQUILAS O COMPRAS EL LOCAL COMERCIAL, NO SI SOLO LO ALQUILAS. AL FINAL ME ENTERE DE CHIRIPA, PORQUE HAY UNA FORMA GRATUITA DE ELEVAR A PUBLICO EL CONTRATO DE LA COMUNIDAD DE BIENES, IR A LA OFICINA DE TRIBUTOS DE TU COMUNIDAD AUTONOMA ENTREGAR UNA COPIA DEL CONTRATO, Y UN IMPRESO. TE PONEN UNA PEGATINA Y CON ESO YA ES ELEVADO A PUBLICO SIN GASTAR DINERO EN NOTARIOS, PERFECTAMENTE VALIDO EN HACIENDA, PUES AL 5º FUNCIONARIO QUE PREGUNTE AL FINAL ME DIJO, QUE SE PODIA HACER SIN APORTAR CAPITAL NI PROPIEDADES, SINO CUANDO SE VENDIERA EL LOCAL HABRIA QUE PAGAR EL IMPUESTO DE ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS, PUES EN SERIO HASTA EL 5º FUNCIONARIO O LLAMADA AL 012 QUE PREGUNTE EN LA AGENCIA LOCAL QUE ES LA QUE TIENE TRANSFERIDA EL IMPUESTO A.J.D. NO ME DIO LA SOLUCIÓN POR LA QUE ESTA EXENTO DE TRIBUTAR YA QUE NO HAS APORTADO CAPITAL NI PROPIEDADES. Esto de elevar a publico también se puede hacer sin ir a notarios, por ejemplo con contratos de prestamos a interes entre hermanos que viene recojido por ley, y asi ahorrar dinero en Notarios.
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Jesus Martin Sanz 04/03/14 12:57
Ha respondido al tema ¿Banco para comunidad de propietarios?
20 Centros http://www.cajarural.com/rurales/3146/centros_novanca/centros_novanca.html Cuenta Comunidad lo de excelentes comisiones en recibos pinta bien http://www.novanca.com/cms/estatico/bl/novanca/web/es/portal/particulares/cuentas/index.html
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Jesus Martin Sanz 28/02/14 05:16
Ha respondido al tema Cuenta Expansión Negocios Sabadell - Banco Sabadell
Mirar esto que pone aqui: Servicio de asistencia jurídica telefónica gratuita durante el primer año (en los sucesivos nos cobrarán 30 euros) Dice que requiere Para tener esta Cuenta Expansión Negocios de Banco Sabadell tendremos que llevar a cabo un cargo en concepto de: * Emisión de nómina, * un cargo en concepto de seguros sociales, * un cargo en concepto de impuestos o * dos cargos en concepto de recibos. Si yo solo la tengo para cobrar alquileres de locales de una comunidad de bienes que recibos voy a tener?
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Jesus Martin Sanz 13/02/14 11:09
Ha respondido al tema Del depósito a la caja fuerte del banco
Al del Santander que no tienen cajas yo tengo una en un Santander de Madrid zona Chamberi, la abrimos por un fallecimiento y el notario te contaba cada pelicula, que estuvo en un robo y lo peor nos es que las abran que estaba todo el suelo lleno de Joyas que tiraron, y como demostraban ahora cual era de cada cual, luego en otro fallecimiento fueron a abrir, y le dijeron los que le contrataran que no dijera lo que habia visto a Hacienda, que le daban 1/3 de lo de la caja jaja... son unos 250€/año todo depende de la seguridad que querais, casi la cuota anual es lo que vale una de las que venden en Ferreterias o similares... si estais de reforma en casa y comprais una por 250€ os la ponen dentro de la reforma, poneis una buena puerta acorazada, y una alarma, unos sensores, de presencia, ect... vale no sera la repera pero algo de seguridad tendreis, la pega de tener esas cosas en casa es la de siempre, entran en tu casa, le ponen un cuchillo en el cuello a tus niños, y ya les abres tu la caja por mucha seguridad que tengas, lo primero sentido común, y yo creo que en un piso es dificil que entren si tomas las preucaciones, de a quien abres, camaras, porque si te tienen a ti o a tu familia ya tienen tu caja aunque tengas las máximas medidas.
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Jesus Martin Sanz 29/12/13 10:16
Ha respondido al tema Duda para disolución de una comunidad de bienes
Veamos queria saber si esto es siempre obligatorio crear una comunidad de bienes, ejemplo 2 hermanos heredan un local comercial, lo alquilan a nombre de los dos, ambos ya eran autonomos por otra actividad, vemos los gastos que supone crear una comunidad de bienes, si el local vale 200.000€ y lo alquilan por 1200€, y tienen que entregar 240€ x 12 meses osea 2880€ Euros al año, el local no tiene gastos salvo abonar el IBI, su padre como único propietario cuando lo tenia alquilado, solo hacia los 4 trimestres de IVA y el resumen anual para entregar este IVA, en el contrato de alquiler figuran los dos al 50%, no pueden duplicar todos los recibos y facturas al 50%, y no meterse en los gastos de una comunidad de bienes que al parecer son altisimos, cuando se abre y cierra 1+1% de impuesto de actos juridcos más en el notario escritura publica, esto nos vamos ya a más de 4000€ para hacer lo mismo que su padre hacia como persona fisica sin gastarse un duro. Depende de a quien pregunte y en que delagación de hacienda lo haga me dicen que es o no obligatorio, lo curioso que en una me han dicho que el 90% es comunidadde Bienes cosa que no entiendo ya que lleva unos gastos altisimos, y casi ningún beneficio.
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Jesus Martin Sanz 28/12/13 19:51
Ha respondido al tema Impuesto de Actos Juridicos para la creacion Comunidad de Bienes - autonomos
Hemos heredado un local 2 hermanos y lo hemos alquilado, nos han dicho que el 90% de gente en nuestra situación crea una comunidad de Bienes, pero que no es obligatorio, esto es asi? 1) Vemos que si la creamos tendremos que pagar Transmisiones y Actos juridicos sobre el valor de la tienda que ya esta ahora 50% a nuestro nombre de cada uno, osea si el local vale 300.000€ minimo 3000€, más luego escritura publica del notario, ect... y nos preguntamos porque vamos a gastarnos tanto dinero para simplemente entregar el IVA cada trimestre del alquiler, que es lo que hacemos con el local alquilado, además que creo que el IBI y demás impuestos que pagamos no llevan IVA. Lo dicho no se porque el 90% de la gente lo hace si se puede dejar de hacer ahorrandose dinero. 2) Luego en alguna delegación de hacienda nos han dicho que nos cojen el contrato NIFS... y nos dan de alta la comunidad de Bienes, pero no nos han pedido la el documento publico donde figure la propiedad, que es obligatorio elevarlo a documento publico cuando hay una propiedad, asi como tampoco nos han pedido transmisiones ni actos juridicos documentados, no hemos querido hacerlo porque hemos leido en otro hilo a Carla una administradora de Rankia decir: Debéis presentar el Modelo 600, junto con el contrato de constitución y la fotocopia del CIF provisional en la delegación de hacienda correspondiente durante los 30 días hábiles siguientes al otorgamiento de la escritura. "Sin presentar el modelo 600, la AEAT no te cursa el NIF definitivo de la entidad." quieres decir que el funcionario que nos toco cursaria la solicitud pero que al ver más arriba que no esta pagado, se quedaria parado todo. 3)¿Hay que darse de alta en autónomos? he leido que si, como es esto? pongamos que unos hermano alquilan una tienda por 300€ formando una comunidad de bienes, para entregar 70€ de IVA trimestral, les obligan a pagar 260€ de cuota de autonomos todos los meses, y si son 5 hermanos los dueños tienen que pagar entre todos 1300€ de Autonomos, cuando por la tienda solo van a recibir 300€???? como es esto 4) También el IBI habria que cambiar el IBI con un nuevo Alta en el Impuesto de Bienes Inmuebles a nombre del CIF de la comunidad de Bienes? y baja de nosotros como personas fisica? Gracias por las respuestas Carla.
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Jesus Martin Sanz 25/12/13 06:14
Ha comentado en el artículo Como no pagar al tipo marginal por plusvalías generadas en menos de un año.
Hola Chicos aunque este post es de más de un año aun sigue de actualidad, para que alguno no meta la pata, deciros que para que los que operais con Brokeres Americanos de estos online baratillos, de poco coste de compraventa, y se os paso la noticia, y es de esas noticias, que igual nos cambian la vida si no nos enteramos, pues salia a mitad de 2013 Montoro firmando en la Embajada Americana un acuerdo de colaboracion con Estados Unidos, para colaboración Fiscal, asi, que si teneis algo de esto os pueden investigar, estaria alerta, hasta ahora no habia nada, yo ya no tengo cuenta alli, pero me pase operando 10 años, y ni noticia de hacienda, es más mi broker yo abri la cuenta en USA internet, porque en una feria Bolsalia 2002 en Madrid tuvieron un Stand con gente que hablaba español y los contratos para firmar, luego para clientes Españoles a los pocos años se tenian que abrir la cuenta en UK ya no valia en USA, y con más probabilidad de pillarte, aunque la chica española que atendia x email, me dijo que las operaciones no llevaban un NIF que las hacia el Broker y luego repartia a cada cuenta... no se yo, yo creo que para alguien que opera con unos cuantos miles de euros igual no se enteran, pero si quieres meter tu capital total para hacer solo 2 o 3 operaciones al año seguras, para evitar pagar a menos de un año te pueden pillar.
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