El mejor ejemplo de los perniciosos efectos que pueden aparecer - aumento de la siniestralidad - cuando nos olvidamos de la exigencia de existencia de "interés asegurable" para contratar un seguro del tipo que sea. Es curioso que esté consagrado como norma imperativa en nuestro ordenamiento jurídico en el artículo 4 de la Ley del Contrato de Seguro y, en cambio, el propio estado esté siendo bombardeado por un instrumento que se salta precisamente este principio porque legalmente no está considerado como un seguro parece ser. Interesante tema, un saludo.
No es necesario que inviertas en fondos denominados en moneda local, como tú bien dices es imposible encontrar oferta de este tipo de fondos y tal vez sería demasiada exposición a ese particular riesgo de tipo de cambio. En cambio, seguro que cada vez más fondos de inversión sobre deuda emergente van a optar por incluir en sus carteras bonos denominados en moneda local, que parece ser la mejor forma que al final tiene el inversor particular de ganar exposición a divisas emergentes.
Por otro lado, tienes toda la razón en cuánto al desconocimiento y la dificultad para acceder a información variable sobre muchos de los países emergentes, esa es la cruz. El potencial de crecimiento de muchas de estas economías, la cara.
Muchas gracias por tu aportación, y un saludo.
Gracias por el comentario. Estoy totalmente de acuerdo, el párrafo de Alemania es de una lógica aplastante y aplicable a muchos países de Europa más allá de Francia. ¿Cómo va Alemania a admitir soportar, para otros países, la carga de algunas medidas de bienestar a los que Alemania misma ha tenido que ir renunciando para asegurar su viabilidad futura? Y no sólo en temas de jubilación. Aunque, como también dice, no todo son desventajas para Alemania en esto del euro.
Gracias por tu aportación Franz. Efectivamente, hace alrededor de 2 meses MFS renovó aspectos tales como su logo con el objeto de hacer más consistente y homogénea su imagen corporativa y reflejar su filosofía global y activa como gestora.
No hay nada confirmado, pero se apunta a que la entrada en vigor de la modificación del IVA se retrasará un tiempo desde su publicación el lunes en el BOE, hasta el 1 de agosto parece ser.
En cuanto a si se modificará el tipo aplicable de la vivienda, actualmente estaba en el 8% y, por tanto, pasará al 10% - salvo en el caso del VPO que se grava al 4% -. En lo referente a si habrán productos que cambien de categoría - superreducido,reducido o general - no hay nada confirmado por ahora, si lo hay que alguien me corrija.
Si quieres más información acerca de los recortes, te recomiendo leer Los diez recortazos de Rajoy
Un saludo
Por si te fuera de utilidad, te enlazo otro hilo con una duda similar a la tuya, de hace un año.
http://www.rankia.com/foros/seguros/temas/656751-seguros-espana-s
Un saludo, y suerte.