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Delavarga

Se registró el 01/02/2010
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Delavarga 02/04/11 15:02
Ha comentado en el artículo El arbitraje salvará al alquiler: increíble pero incierto
Bueno, vayamos por partes... cierto es que el arbitraje para resolver litigios sobre alquileres de viviendas ha tenido ciertos reveses pero realmente han venido derivados de la falta de observancia de requsitos procesales basicos. En principio es una materia arbitrable, dado que es una cuestión de derecho civil que no afecta a materias de orden publico. Yo el problema que le veo es que las "instituciones" que se dedican a esto, por llamarlas de alguna manera, no inspiran ninguna confianza.. tal y como muchos apuntais...se venden de manera sensacionalista, hacen uso de simbolos nacionales, como la bandera por ejemplo, para darse un cierto marchamo de oficialidad y legalidad, y utilizan denominaciones equivocas con el mismo fin. Yo que por motivos profesionales participo en bastantes arbitrajes al año desconfio de otro elemento además, se trata del precio. ¿Como es posible que por 80€ se solucione un problema de esta naturaleza? Cualquiera que haya participado en un arbitraje sabe lo caros que son. El arbitraje es siempre una solucion mucho más cara que acudir a los Tribunales, dado que hay que pagar al arbitro o arbitros, y cobran una pasta. Asi que por 80 €... en fin... La unica razon de ser del arbitraje es la rapidez... y en algunos casos la especial cualificacion de los arbitros en la materia objeto de arbitraje. Luego efectivamente, como apuntaba el autor del articulo, si quieres ejecutar el Laudo porque no se vayan hay que ir a los Juzgados, con sus costes de abogado y procurador...El laudo puede ser tambien recurrido y se puede llegar a paralizar la ejecucion...., en fin que lo de los 25 días....es un poco utopico, por emplear una expresion edulcorada. Esto sin hablar de que resulte imposible emplazar a los inquilinos. ¿Si acudimos al arbitraje en qué edictos notificamos? Si alguien necesita un buen asesoramiento en materia de arrendamientos os recomiendo esta web en la que, además, responden consultas gratuitamente: www.evictio.com Saludos,
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Delavarga 04/06/10 16:19
Ha comentado en el artículo ¿Cuándo recomprar las posiciones cortas abiertas?
No se si he entendido bien del todo.. por eso aunque la pregunta pueda ser pueril o tonta, la formulo. Hablas de cerrar los cortos cuando el precio de apertura sea un 10% inferior al del cierre del dia anterior? Eso supongo que generará un gran hueco... Saludos y gracias por todo maestro
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Delavarga 05/05/10 19:04
Ha respondido al tema Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe
Bueno a ver el modelo no esta mal, solo tiene un estilo un poco rimbombante. Lo del ilustre decanato no lo he visto en mi vida se suele comenZAR AL JUZAGADO DE "MADRID" (P.EJ) QUE POR TURNO CORRESPONDA. y continuas con la peticion, no se suele pedir que se turne al juzgado que corresponda como haces en el apdo a) (eso ya se da por supuesto) . Lo de los intereses al 4 % tb seria para quitarlo... En general esta bien. Yo para este tipo de cosas creo que cuanto más sencillo, breve y directo el escrito mejor que mejor. El problema de las sociedades es que si estan en quiebra te va a dar igua encontrrar bienes de los administradores. Por eso para personas fisicas lo del cajon. Hay un truco mejor aun, y es mantener en ejecucion el expediente y cada año o cada X tiempo hacer una averiguacion patrimonial a traves del juzgado... con paciencia se cobra. salu2
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Delavarga 05/05/10 17:18
Ha respondido al tema Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe
Bueno, la verdad que para no ser abogado (yo sí soy abogado en ejercicio) te defiendes muy bien y estas bastante puesto. La verdad que formulas multitud de interrogantes. Solo dire un par de pinceladas. La primera es que por procedimiento monitorio no pueden ejecutarse letras de cambio, pagares, titulos cambiarios en definitiva. Para eso esta el procedimiento cambiario. Si lo has conseguido tramitar por monitorio alguna vez entiendo que es una anomalia procesal. Una de las pegas del monitorio es que no puede notificarse por edictos al deudor, lo que es un problema si no se le localiza en su domicilio o lo desconocemos. Por todo lo demas creo que es el mejor medio (por ser mas rapido) para reclamar deudas comerciales. El truco del cajon es bueno si son personas fisicas, si son juridicas no vale....pero la paciencia para cobrar es fenomenal. Yo he cobrado en diciembre 50.000 € de un tio que debia 100.000 desde el año 92. La paciencia paga (el restante ya se lo habia sacado a su socio antes) Por ultimo, cuidado con el bricolaje juridico, se puede perjudicar el propio derecho. Si no te sientes muy seguro acude a un profesional. Aunque las deudas pequeñas que comentas no salgan a cuenta.
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Delavarga 08/04/10 17:36
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Francisco, ¿Por qué no me das tu opinion sobre lo que te pregunte de vivendi hace unos días? Me intereasria mucho que me dieses tu opinion al respecto. Gracias
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Delavarga 02/04/10 12:03
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola Francisco quiero hacerte una consulta. Me puse corte en VIVENDI a 18.5 € al apreciar la existencia de una figura de doble techo que fue rota en febrero de 2010 aproximadamente. Me puse corto cuando el precio volvio a la zona de ruptura pensando que era un pullback. Por lo demas parece que la figura era clara. Las crestas distaban entre si mas de un mes, habia mas de un 10% entre las cretas y la zona de cuello. La figura estaba formada por secundarias... y el volumen concordaba. Me gustaria que me dieras tu opinion sobre si estamos en presencia de un fallo de la figura (es decir si estamos en presencia de ese porcentaje de fallos inevitables dado que el AT no es una ciencia exacta) o bien me ha pasado inadvertida alguna cosa. Ni que decir tiene que cerre el corto a 19,5 . Gracias
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Delavarga 26/03/10 15:31
Ha comentado en el artículo Hablemos en serio de la fortaleza relativa
Hola Francisco, el software de etchart cuando este pulido y con todas las herramientas y posibilidades va a ser una maravila. Destaco sobre todo la comodida para ver graficos, lo que efectivamente se echa en falta en otros softwares comerciales. Agradezco especialmente que se haya pensado en usuarios de otras plataformas (yo uso mac). Si que he detectado algun fallo en la version mac... a veces el programa se cierra, o en acciones alemanas no se puede ver mñas qe un año... Cuando todo este preparado se agilizara mucho la posiblidad de ver muchos valores en poco tiempo... genial... Saludos
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Delavarga 04/02/10 17:10
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Muchas gracias Francisco !! Por cierto felicitaciones... creo que estas acertando de pleno con la operativa que propusiste hace algunas semanas para ponerse corto en BBVA y SANtander... :)
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Delavarga 01/02/10 20:35
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola Francisco, tengo tus dos libros y he visto una divergencia en la duracion de las tendencias que haces en uno y otro libro. Por ejemplo en el de tapas amarillas (pag 35) la tendencia secundaria la defines como aquella que tiene una duracion mayor de dos meses y menor de 6 meses. Sin embargo en el nuevo libro la defines como aquella mayor de dos meses pero menor de un año. Ocurre algo parecido con la duracion de otras tendencias (4ª, 5ª y 6ª) si bien la diferencia en la duracion es menor. Me gustaria preguntarte si es que has cambiado de opinion en lo que concierne a la duracion de un libro a otro... y con que criterio quedarnos (supongo que con el del ultimo libro...) Por otra parte en el nuevo libro te muestras muy tajante con el hecho de la duracion de las tendencias y que deben ser respetadas a rajatabla para determinar los cambios de tendencia. Así dices, en la pag 40 del nuevo libro "En algunos pocos casos se produce un movimiento cuya duracion no entra dentro de las categorias explicadas con anterioridad, y esa posibilidad genera una duda a la hora de operar. Por ejemplo: una tendencia que dure casi dos meses o 35 sesiones. Esta tendencia esta a caballo entre la terciaria y la secundaria." En mi experiencia reciente, al catalogar las tendencias que comentas veo que a veces no se cumple el plazo temporal, por una o dos sesiones... ¿Consideras que es un error asimilarla a la tendencia que uno trata de contar pero que le falta dos o quiza tres sesiones? Me pasa bastante por ejemplo con las terciarias, que a veces para ser perfectas les faltarian una o dos sesiones, o quiza a veces tres... (las cuento en grafico diario, no tengo datos intradia para usar el grafico de 60 min como sugieres en el libro). Uno intuye que realmente son terciarias pero no se cumple a rajatabla la duracion que especificas en el libro. ¿Crees que es un error grave asumirlas como terciarias (aunque sean imperfectas)? Espero haberte transmitido por escrito lo que quiero decir... resulta un poco dificil explicarlo por escrito y ser todo lo claro que me gustaria. Gracias de antemano por tu generosidad.
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