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Carmen Giménez

Se registró el 09/03/2016

Sobre Carmen Giménez

Carmen Giménez, abogado experta en derecho bancario e inmobiliario, Titular de G&G Abogados. Especialista en cláusulas abusivas, fundamentalmente en Hipotecas Multidivisa.

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Carmen Giménez 21/01/19 08:42
Ha respondido al tema Reclamar multidivisa con casa vendida
Hola Patricia: El plazo para reclamar por tu hipoteca multidivisa (aunque esté cancelada), es imprescriptible. El resultado de dicha reclamación habrá de ser que te reintegren los importes que te hayan cobrado de más (incluso comisiones de cambio e intereses), más sus intereses, como si el préstamo hubiera sido constituído desde el inicio en euros y calculado todo el cuadro de amortización en euros. Mi despacho tiene ganadas varias sentencias que se encontraban en tu misma situación, y el recálculo, en algún caso, ha dado un resultado de casi el 55% menos de capital que el pagado en el momento de la cancelación. Si quieres más información, puedes acceder a mi blog de multidivisas en esta misma plataforma, o en mi página web: https://carmengimenez.gandgabogados.es/ https://www.rankia.com/blog/clausulas-abusivas-banca/3542669-hipotecas-multidivisas-que-son-como-reclamar-nulidad-parcial Un saludo.
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Carmen Giménez 18/05/17 12:24
Ha respondido al tema Nuevo conflicto judicial: la plusvalía municipal
Por supuesto que se puede reclamar por herencias, si se dan las circunstancias adecuadas (siempre hay que examinar y estudiar el asunto). Cualquier transmisión genera el impuesto, y la herencia es una transmisión.
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Carmen Giménez 18/05/17 12:01
Ha respondido al tema Nuevo conflicto judicial: la plusvalía municipal
Se declaran inconstitucionales los preceptos de la Ley de Haciendas Locales cuando se ha vendido en pérdidas. Incluso no es válida la fórmula empleada por algunos Ayuntamientos reduciendo hasta un 60% el valor catastral, o aplicando a los valores catastrales el coeficiente de actualización a la baja que viene regulado en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, porque esto no subsana la situación, se aminora exclusivamente el importe del tributo a pagar. Por otro lado, falta por resolver la cuestión de inconstitucionalidad planteada por un Juzgado de Madrid, de sumo interés, en la que el vendedor si obtiene plusvalías o ganancia patrimonial, pero ésta es inferior al incremento patrimonial resultante de aplicar la fórmula de la Ley de Haciendas Locales. Por otro lado, quien haya pagado este impuesto, y en la venta tuviera pérdidas o plusvalía como se ha indicado en el párrafo anterior, podrá solicitar la devolución de ingresos indebidos, si se trata de autoliquidación y se encuentra dentro del plazo de cuatro años.
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