Yo no estoy hablando de tu caso porque no lo conozco ni la legislación y el control que había entonces.Lo que sí te digo es que si el contrato de préstamo sin intereses no se respeta, entonces la hacienda de tu comunidad autónoma pueden reclamar al que recibió el dinero al considerarlo una donación.Y no estoy diciendo que haya que pagar una barbaridad por una donación. Eso depende de la hacienda de la comunidad donde reside quien recibe el dinero. Incluso en alguna puede que no haya que pagar nada entre padres e hijos o viceversa.Un saludo.
Ese préstamo sin intereses, lo tienes que pasar por la hacienda de tu comunidad autónoma.Y sin vencimiento, no te lo van a dar por bueno. Lo que quiere hacer realmente el autor del hilo es una donación y está sujeto al Impuesto correspondiente que depende precisamente de la comunidad autónoma.Un saludo.
Si esa cantidad la habéis cobrado cuatro personas de tu entorno familiar, supongo que os habrán enviado cuatro documentos "Certificado de rentas - 2023" para ayudaros en la confección de la declaración de IRPF que se inicia el próximo mes.Un saludo.
Me he quejado ante en defensor del cliente y "como el que oye llover". Es decir sin respuesta alguna.Quejarme ante las autoridades bancarias, ¿para qué? ¿Quién va a tener en consideración el testimonio de un presunto blanqueador de capitales? Dudan de Ábalos y de Bárcenas (que son unos SEÑORES), imagina de un mindundi como yo.La solución que he considerado más práctica y efectiva: empezar el desmantelamiento de la cuenta y productos asociados para su anulación.Un saludo.
Si ING tienen indicios de que un cliente está en alguna operación de blanqueo de capitales, lo que tiene que hacer es poner los hechos en conocimiento de la policía y no ponerse a tocar las gónadas a los clientes.Que además sospecho que solamente lo hace con los clientes de bajo interés económico y no con los de "alta gama" para así justificarse de que tiene un departamento anti blanqueo rigurosísimo.Soy cliente de 20 años de antigüedad que está en proceso de levantar el campamento para cerrar la cuenta.Un saludo.
Artículo 7. Rentas exentas.Estarán exentas las siguientes rentas: (...)f) Las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.Fuente: Ley IRPF.El autor del hilo tiene una incapacidad permanente total, que sí está sujeta a IRPF.Un saludo.