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¿Qué es la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (CAFCI)?

¿Qué es la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (CAFCI)?

Seguramente aquellos que buscan ingresar al mundo de las inversiones y los Fondos Comunes de Inversión necesitan saber todo respecto y acá les explicamos sobre la CAFCI.

 

¿Qué es la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (Cafci)?

 

¿Qué es la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (CAFCI)?

La Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (Cafci) es el organismo, con sede en Buenos Aires, que se encarga de regular y educar acerca de la industria de los fondos comunes de inversión. 

Bajo la denominación de CÁMARA ARGENTINA DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN quedó constituida la asociación civil (La Cámara), en base a lo establecido por el articulo 46º del Código Civil, con domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina. Además La Cámara podrá establecer delegaciones o representaciones en el interior del país.

Dispone de las siguientes herramientas para los inversores en Fondos Comunes de Inversión como:

  • Consultar Fondos Comunes de Inversión
  • Comparador de Fondos Comunes de Inversión
  • Estadísticas sobre Fondos Comunes de Inversión
  • Tutoriales sobre Fondos Comunes de Inversión
  • Glosario sobre Fondos Comunes de Inversión
  • Capacitación sobre Fondos Comunes de Inversión

Mediante Comisión Directiva quedó definida la misión de la Cámara y sus objetivos. Disponiendo de los siguientes aspectos:

 

Misión de la CAFCI

La CAFCI tiene como finalidad la de difundir y afianzar el conocimiento sobre los fondos comunes de inversión, además de preservar la integridad de la industria y resguardar la confianza de los inversores.

 

Objetivos de la CAFCI

Divulgar información sobre la industria y educar sobre los fondos comunes de inversión.
Además de disponer de servicios a los miembros de la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (Cafci), así como representar y proteger los intereses colectivos.

 

Declaraciones y Principios de la Asociación

La Cámara busca promover el desarrollo de la industria, de los Fondos Comunes de Inversión y de otros vehículos colectivos de inversión en el futuro y el crecimiento y desarrollo del ahorro público y del mercado de capitales en la Argentina y el MERCOSUR.

 

Funciones y Duración de la CAFCI

La Cámara de acuerdo con los principios generales establecidos en el Articulo Tercero de los Estatutos, dispone de funciones y atribuciones:

  • Representar los intereses comunes de sus asociados ante los representantes de los Poderes Públicos y organismos gubernamentales, y asumir su defensa, y según juzgue la Comisión Directiva.
  • Velar para que las Entidades Asociadas ajusten su actividad a las normas de conducta de la Cámara en resguardo de la confianza de los inversores y la fe pública, la preservación del prestigio de la industria (los F.C.I.) asegurando las condiciones para una justa competencia.
  • Promover el desarrollo de la actividad de los F.C.I. a partir de acciones, la difusión y publicación de la información relevante que pudiere afectar su desarrollo y/o el interés de los inversores.
  • Dictar las normas y reglamentaciones necesarias para su funcionamiento y el cumplimiento de objetivos y tener facultades que la ley, el reglamento y normas reglamentarias vigentes acordadas y delegadas por las autoridades de contralor específicas.
  • La difusión y conocimiento de la función económica y social que cumplen los F.C.I. para así poder canalizar a favor de ellos el ahorro nacional y extranjero.
  • Fomentar y realizar estudios económicos, cursos, seminarios, jornadas, y demás actividades relacionadas a los F.C.I., estableciendo aranceles y otorgando certificados.
  • Promover, coordinar y realizar actos ante las autoridades públicas respecto a los intereses de la industria, peticionando, asesorando y emitiendo opinión en favor de la Cámara.
  • Asesorar en las materias vinculadas con los F.C.I., en lo público y en las Asociadas y entes públicos o privados.
  • Participar en entes existentes o creados a futuro, nacionales o extranjeros, con intereses comunes con la Cámara, bajo la forma de asociación o cualquier otra permitida por la ley y reglamentación vigente.
  • Realizar actos que, según la Comisión Directiva, sean necesarios o conducentes sobre los propósitos y coincidentes y respetando el espíritu de la Cámara.
  • Percibir aranceles por el ejercicio de sus funciones y servicios que brinde, y en los casos que la Comisión Directiva determine.
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