AFIP 2021, se esperan varias novedades en temas impositivos como en el caso del Impuesto a los Bienes Personales 2021. Pueden consultar sobre las tasas, alícuotas y escalas del impuesto a los Bienes Personales aquí.
Nuevas Alícuotas Impuesto a los Bienes Personales 2021, con cada inicio de año dentro del calendario de vencimientos 
Impuesto a los Bienes Personales: Alícuotas 2021
AFIP y el gobierno por ahora decidieron no aplicar una actualización de las alícuotas de Bienes Personales para 2021. Ya que existía un plazo para aplicar modificaciones y actualizaciones en los mínimos y escalas mediante una promulgada antes de haber finalizado el 2020.
AFIP no estableció modificaciones en los mínimos no imponibles ni en las escalas del impuesto a los Bienes Personales, encargada de gravar los diferentes patrimonios / bienes personales superior a $2 millones.
Más allá del dato de la inflación de 2020 cerca del 36%, seguirá similar monto mínimo de 2020 que permite "detectar" a los contribuyentes que deben iniciar a tributar por sus bienes personales.
AFIP Actualización Mínimo No Imponible 2021
De haberse aplicado alguna modificación sobre el mínimo no imponible 2021 correspondía mediante una ley a promulgarse hasta el Jueves 31 de Diciembre 2020. De forma que el monto mínimo desde el que se venía aplicando dicho impuesto se ubica en:
- De $305.000 por los períodos fiscales del 2007 al 2015
- De $800.000 para 2016
- De $950.000 para 2017
- De $1.050.000 para 2018
- De $2 millones para el período fiscal 2019, para el período fiscal 2020, y a pagar durante 2021.
El valor en 2019, para los inmuebles para vivienda familiar (casa-habitación) no fueron alcanzados por el impuesto si la valuación del inmueble, fuera igual o inferior a $18 millones. Monto que todavía se mantiene.
AFIP Alícuotas Bienes Personales 2021
El valor de las alícuotas para Bienes Personales según la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva de fines de 2019 elevó el impuesto sobre los Bienes Personales, dejando la posibilidad de aplicar nuevas alícuotas en el Poder Ejecutivo Nacional hasta el 31 de Diciembre de 2020.
Pudiendo aplicar unas mayores alícuotas diferenciales que permitan gravar los bienes en el exterior, y de reducir las alícuotas si se daba la repatriación de esos bienes. Por diferentes motivos no fueron actualizadas.
El valor de las alícuotas: por ahora seguirán entre 0,70% al 2,25%.
Valor total de los bienes que superen el mínimo no imponible
Bienes en el exterior
Valor total de los bienes en el exterior y en el país:
AFIP Tasas Bienes Personales 2021
En el caso de las tasas que rigen desde 2019 y seguirán sin modificarse por ahora, establecidas por decreto, que debía modificarse antes de finalizar el 31 de Diciembre 2020, en caso de aplicarse una actualización quedaría fuera de discusión la retroactividad de las mismas.
Importante: En medio de esto desde el gobierno aprobaron el aporte solidario y extraordinario que puede tomarse como un impuesto extra sobre los bienes personales.
- Las tasas se ubican entre 0,5% y el 1,25% para los bienes en la Argentina
- Las tasas se ubican entre 0,70% y el 2,25% para los bienes en el exterior.
De aplicarse una modificación, debería ser retroactiva, solamente de esa forma y siempre que sea en beneficio de los contribuyentes alcanzados.
Mayores contribuyentes serán alcanzados en 2021
Algunos analistas resaltan que, al no poder modificarse el mínimo no imponible ni las escalas de Bienes Personales vía decreto, no siendo posible mediante la ley. Durante 2021 puede que si las circunstancias lo permiten se aplique una ley retroactiva aunque beneficiando a los contribuyentes alcanzados.
Al no haberse modificado permite que sean alcanzados un mayor número de contribuyentes en base a la inflación y la no actualización de los mínimos no imponibles y las escalas.
¿Qué bienes se toman en cuenta?
Los bienes tomados en cuenta son los declarados al 31 de Diciembre de 2020. Considerando una inflación estimada en 2020 de más del 30%, cerca del 36%, ante una No actualización el efecto es que sean alcanzados más contribuyentes por bienes personales, debiendo afrontar unas tasas aplicables en sus máximos históricos.
- Los bienes inmuebles en el país y en el exterior
- Los depósitos en bancos del exterior
- Las naves y aeronaves
- Los automotores
- Los títulos
- Las acciones
- Las cuotas o participaciones sociales y derechos de propiedad
- Además de otros bienes.
¿Qué bienes quedan excluidos del impuesto?
Quedan excluidos los siguientes bienes de ser alcanzados por el pago de Bienes Personales:
- Los títulos y bonos emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Los depósitos en pesos y dólares a plazo fijo y en caja de ahorro.
Si tengo bienes en el exterior ¿cómo evito pagar la alícuota?
Los contribuyentes que posean bienes en el exterior pueden evitar pagar la alícuota elevada, para lo que tendrán que realizar nuevamente la repatriación del 5% de los fondos, como el año anterior. Dicha repatriación deben realizarla de nuevo sobre el patrimonio en el exterior al 31 de Diciembre de 2020, no incluyendo el 5% que han repatriado por 2019.
Algo que genera dudas es sobre el poder transferir al exterior el 1° de Enero de 2021 los fondos repatriados anteriormente respecto a 2019, ya que estos fueron liberados desde el 31 de Diciembre 2020.
Importante: Tienen como plazo para repatriar sus bienes del exterior entre el 1° de Enero de 2021 hasta el 1° de Marzo de 2021. Siempre que no se aplique alguna prórroga.
Algo a considerar es que deben ser fondos diferentes, la normativa establece respecto al o los bien/es repatriado/s debe ser en base a lo producido por los activos financieros en el exterior. Lo que significaría que deberían repatriar dinero generado por tenencias en el exterior y con la posibilidad de poder enviar de nuevo al exterior los fondos liberados.
Alícuotas Impuesto a los Bienes Personales en 2020
El esquema de Bienes Personales en 2020, implicó un fuerte aumento a la hora de pagar dicho tributo. El texto no actualizó el Mínimo No Imponible (MNI) que establece el nivel de riqueza/tope desde el que se comienza a pagar el impuesto de Bienes Personales.
Actualmente el tope del Mínimo No Imponible (MNI) se ubica en $2 millones, quedando excluida la vivienda personal de uso habitacional por hasta un valor de $18 millones (valor no fue actualizado), que equivale a menos de u$s300.000.
Por lo que desde 2020, si la ley o parte de la ley no se modificaba mediante el Congreso, debían pagar Bienes Personales aquellos que declaren más de $2 millones aparte de la
vivienda que usen para vivir -si la vivienda no tiene un valor superior a $18 millones-. De forma que más personas pasarían a pagar Bienes Personales, quedando incluidos contribuyentes que no pagaban.
vivienda que usen para vivir -si la vivienda no tiene un valor superior a $18 millones-. De forma que más personas pasarían a pagar Bienes Personales, quedando incluidos contribuyentes que no pagaban.
Bienes Personales ¿cuánto aumentaron las alícuotas?
Además de las escalas 2015, uno de los conjuntos más desfavorecidos o castigados son aquellos que tienen inversiones en el exterior. Si bien por ahora no hay actualización del Mínimo No Imponible.
Una de las novedades que se retrotrajo a las alícuotas de 2015, por lo que se establecieron cuatro escalas con valores actualizados. Siendo alícuotas más altas; por lo que las nuevas escalas Bienes Personales 2020 son:
- Cuándo el valor declarado supere los $2 millones del Mínimo No Imponible por hasta $3 millones, pagarán el 0,5% del excedente
- Cuando el monto supere el MNI por más $3 millones y menos de $ 6,5 millones, pagarán $15.000 más el 0,75% del excedente sobre los primeros $3 millones;
- Cuando el monto supere el MNI por más de $6,5 millones y menos de $18 millones, pagarán $41.250 más el 1% de lo que exceda los primeros $ 6,5 millones
- Cuando el monto supere el MNI por más de $18 millones, pagarán $156.250 más el 1,25% de lo que supere los primeros $18 millones.
Bienes Personales pago por bienes en el exterior
El Poder Ejecutivo puede vía facultad delegada de fijar las alícuotas diferenciales superiores en un 100% sobre la tasa máxima expuesta, sobre los activos declarados en el exterior, pudiendo llegar a pagar una alícuota de hasta el 2,5%. Si bien el PEN también podrá decidir “disminuirla” si dichos activos como:
- Depósitos
- Acciones
- Bonos
- Obligaciones negociables
- Deicomisos
- Cuotas
- Otras participaciones en diferentes tipo de entidades
- O cualquier otro tipo de patrimonio
Si sus titulares decidieran repatriarlos o devolver el monto oportunamente ingresado.
Además se resalta que: “El mínimo no imponible se restará en primer término de los bienes en el país”. Además los contribuyentes “podrán computar como pago a cuenta las sumas efectivamente pagadas en el exterior por gravámenes similares al presente que consideren como base imponible el patrimonio o los bienes en forma global”, si bien de forma exclusiva para “los bienes situados con carácter permanente en el exterior”.
¿Cuánto se debió pagar por Bienes Personales en 2020?
A la hora de saber cuánto aumenta el impuesto a los Bienes Personales y cuánto deben pagar se puede reflejar en los contribuyentes que pagaron en 2019 y lo que tendrán que pagar en 2020, si bien existen excepciones para cada caso como el efecto de la variación en la valuación de los activos y, si varía o no el Mínimo No Imponible.
La mejor forma es considerar para el cálculo sobre cuánto deberían pagar en 2020 por Bienes Personales, comparar entre una escala y otra. Lo mejor será tomar el ejemplo de los casos en que no existen bienes declarados en el exterior (si tuvieran la alícuota
a pagar sería de hasta el 2,5%):
a pagar sería de hasta el 2,5%):
Contribuyente Ejemplo 1: Si un contribuyente declaró en 2019 unos $2 millones superando el MNI, debería pagar $5000 con la anterior fórmula y $10.000 con la fórmula 2020. Duplicando el monto a pagar por Bienes Personales.
- Pasaría a pagar $5000 más
Contribuyente Ejemplo 2: Si un contribuyente declaró en 2019 unos $4 millones superando el MNI debería pagar $8500 con la anterior fórmula y pagaría en 2020 unos
$22.500 con la nueva fórmula.
- Pasaría a pagar $14.000 más
Contribuyente Ejemplo 3: Si un contribuyente declaró en 2019 unos $6,5 millones superando el MNI, debería pagar $25.000 con la fórmula anterior bajo el gobierno de
Macri y debería pagar unos $41.250 con la fórmula de Bienes Personales 2020 del nuevo gobierno.
- Pasaría a pagar $16.350 más
Contribuyente Ejemplo 4: Si un contribuyente declaró en 2019 unos $10 millones superando el MNI, debería pagar $42.500 con la anterior fórmula y debería pagar con la fórmula 2020 unos $76.250.
- Pasaría a pagar $33.750 más
Contribuyente Ejemplo 5: Si un contribuyente declaró $18 millones por sobre el MNI, debería pagar $82.500 con la anterior fórmula y debería pagar $156.250 con la nueva fórmula 2020.
- Pasaría a pagar $73.750 más
Contribuyente Ejemplo 6: Si un contribuyente que declaró $30 millones sobre el MNI pagaría $172.500 con la fórmula anterior y debería pagar $306.250 con la nueva fórmula 2020.
- Pasaría a pagar $133.750 más
Las nuevas Alícuotas Impuesto a los Bienes Personales 2021 por ahora quedan en nada al no haber ninguna modificación, aunque implican que ingresen a pagar contribuyentes que no lo hacían y contribuyentes que venían pagando, debiendo pagar mucho más.